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Editorial
Miércoles 07 de enero de 2026
Reajuste y mucho más
Desde los reavalúos a los SLEP, todo parece caber en este proyecto.
Con la presentación del proyecto de reajuste 2026 para el sector público, el Gobierno reincide en la mala práctica de transformar esta normativa en una ley miscelánea, al incorporar en ella una diversidad de otras materias que poco tienen que ver, incluso, entre sí. Esta forma de legislar dificulta una discusión acabada de los temas y suele derivar en normativas apresuradas, cuyos alcances a veces terminan sorprendiendo a los propios parlamentarios y a una opinión pública que escasamente logra informarse, pese a tratarse de asuntos de alta trascendencia.
Esta vez, la atención se ha centrado en las llamadas normas de amarre, referidas a la renovación del personal a contrata. Parece, ciertamente, un despropósito pretender reformar parte del estatuto del empleo público por la vía de un reajuste tramitado en las postrimerías de un gobierno.
No es, sin embargo, la única materia cuya inclusión en este proyecto de ¡129 artículos! resulta discutible. Además de una serie de disposiciones sobre la contratación de los asesores de confianza de las principales autoridades del país —a las que tendría que atenerse la administración entrante—, el texto aborda materias tan disímiles como la ley eléctrica y las obligaciones de las empresas para con los enfermos electrodependientes; la habilitación de Enap para participar en proyectos de hidrógeno verde; la creación de un Comité Interministerial para el Desarrollo Sostenible; la modificación del calendario de instalación de 13 servicios locales de educación pública (SLEP); la postergación, hasta 2030, de la nueva estructura curricular de la educación básica y media; la suspensión de la vigencia de todos los reavalúos de bienes raíces que debían entrar a regir en 2026 y 2028, que se postergan para 2027 y 2029, respectivamente, o la entrega a la Subsecretaría de Derechos Humanos de facultades para realizar investigaciones administrativas sobre orígenes y familiares de personas adoptadas irregularmente. Esto, entre otras numerosas propuestas, que hasta incluyen la creación de un segundo juzgado de policía local en Calama o la forma en que debe aplicarse la inhabilidad para contratar con el Estado a quienes hayan sido condenados por infracción a los derechos del trabajador.
Con todo, tal vez lo más revelador sean los artículos que establecen excepciones para la norma que, a partir de 2027, obligará a jubilarse a los funcionarios del Estado mayores de 75 años, aprobada en la ley de reajuste del año pasado. Como se recordará, meses después de esa aprobación, que en su momento pasó casi desapercibida, autoridades de universidades públicas levantaron la voz para advertir de los problemas que acarrearía; entre otros, la partida obligada de académicos ilustres. Ello generó un debate nacional, en que se hizo notar que incluso ministros del actual Gobierno excedían esa edad. Pudo pensarse que tal experiencia, ejemplo de los resultados de este tipo de apresurada legislación miscelánea, sería aleccionadora y que se entendería que cambios de esa importancia ameritan una discusión profunda, que permita abordar todos sus alcances. En vez, el Gobierno no ha encontrado nada mejor que intentar corregir lo obrado incorporando otra vez el tema en un proyecto de reajuste cuyo solo índice de muy distintas materias ocuparía varias páginas.