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Editorial
Miércoles 31 de diciembre de 2025
Contribuciones en debate
Es una discusión legítima y no una “estupidez sin nombre”.
Las duras declaraciones del exministro de Hacienda Andrés Velasco, en las que manifestó que “eliminar las contribuciones a la primera vivienda es una estupidez sin nombre” y que la única teoría válida sobre este tema en finanzas públicas es la de que “tú quieres aplicarles impuestos a aquellos bienes donde la elasticidad es baja, tú no quieres aplicarle impuestos a un bien que tiene ruedas y que puede salir corriendo”, han reabierto el debate sobre este asunto. Pero más allá del tono categórico de Velasco, resulta importante una reflexión sobre la naturaleza del impuesto territorial y los problemas de su aplicación práctica en Chile.
Las contribuciones existen toda vez que las comunidades deben financiar bienes públicos que las benefician y que son provistos a nivel local. Así, aunque representan, de facto, un impuesto patrimonial, pueden justificarse a partir de la obligación de contribuir a la respectiva comunidad, en correspondencia con lo que se recibe de ella. Desde una perspectiva inmediatista y utilitaria, el hecho de que las propiedades no puedan moverse podría constituir una razón adicional, como plantea Velasco, pero ese argumento yerra al no reconocer que, en el mediano plazo, el capital sí “tiene ruedas y puede salir corriendo” hacia donde se le ofrezcan mejores condiciones. Basta ver el deterioro y abandono sufrido por ciertos barrios históricos capitalinos para constatarlo.
Es cierto, por otra parte, que la excepción del pago de contribuciones para mayores de 65 años —que se ha planteado como paso previo a la eliminación general de este impuesto en el caso de la primera vivienda— no tiene una justificación técnica, como tampoco la tienen muchas políticas públicas que introducen distorsiones para beneficiar a grupos específicos. De hecho, en la actualidad existen ya numerosas excepciones en la base de las contribuciones, de modo tal que el tributo se aplica solo a un porcentaje pequeño de las propiedades. Ello evidencia que, en la práctica, funciona como un impuesto al patrimonio inmobiliario con objetivos redistributivos, más allá de lógicas puramente técnicas. En este sentido, la discusión sobre exceptuar a los mayores de 65 años es legítima y no “una estupidez sin nombre”. Y es que el debate tributario no puede realizarse en el vacío ni la eficiencia recaudatoria ser el único factor legitimador. Después de todo, la discusión sobre los impuestos y los límites al poder del soberano están en el origen de las democracias modernas.
En el caso de las contribuciones en Chile, son muchas las señales que revelan falta de transparencia y, en algunos casos, abierta arbitrariedad en las tasaciones de las propiedades y en el cobro del tributo, como, por ejemplo, la aplicación del llamado factor comercial. El propio Javier Etcheberry, exdirector del Servicio de Impuestos Internos, reconoció en su momento la existencia de importantes falencias en estos procesos y de déficits en la información entregada a los contribuyentes. Es deber del Servicio de Impuestos Internos transparentar las formas de cobro, así como es deber del Gobierno y del Congreso asegurar que los cobros por este medio sean razonables, sin pretender recargar en exceso las propiedades inmobiliarias bajo el argumento de que, en el corto plazo, “no pueden escaparse”.