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Editorial
Domingo 28 de diciembre de 2025
Nombramientos judiciales
Imposible es no relacionar estas destituciones con las responsabilidades del Ejecutivo y del Senado en las designaciones respectivas.
No puede haber paz social ni crecimiento económico sin que las personas cuenten con la tranquilidad de que sus conflictos importantes serán resueltos por un juez imparcial y de acuerdo al mérito que tenga en derecho la posición de cada parte. Ninguna ley, por elaborada que sea, tiene valor si es que luego quienes tienen que hacerla cumplir se apartan de ella para pagar favores o congraciarse con quienes ostentan alguna cuota de poder. Este es el problema que plantea la desconfianza actual en la judicatura, que hoy está viviendo un estado de “emergencia” menos vistoso pero igualmente crucial para el logro de cualquier objetivo de seguridad pública y crecimiento.
Resulta imposible no relacionar la destitución por el Senado de tres ministros de la Corte Suprema y un ministro de la Corte de Apelaciones, todo en el lapso de poco más de un año, con la responsabilidad del mismo Senado y del Presidente de la República en los respectivos nombramientos. La crisis actual muestra que el mecanismo de designación de los altos magistrados —y algo similar vale para cargos como los de fiscal nacional y regional— no solo no da garantías suficientes de idoneidad de los designados, sino que parece constituir en sí mismo una fuente de amenazas a la independencia y la imparcialidad. Si quien desea ser promovido a un cargo más alto debe gestionar apoyos, y si quienes los dan se consideran acreedores de una deuda de gratitud, el efecto de estas transacciones sobre la independencia es previsible. Pero el asunto es todavía peor, pues en estas verdaderas “campañas” también participan, apoyando y gestionando apoyos, abogados que litigan o litigarán ante esos mismos jueces y fiscales.
La solución no es sencilla, y ninguna de las fórmulas que han estado sobre la mesa hasta ahora resulta plenamente satisfactoria. Un primer paso sería ponerse de acuerdo en las cosas que deben evitarse a toda costa. Por ejemplo, debe evitarse que el mismo candidato organice una especie de campaña a su favor, reuniendo directa o indirectamente apoyos. También debería evitarse que los candidatos sean evaluados según si en tal o cual caso fallaron a favor o en contra de los intereses o las ideas de alguna de las autoridades que deben decidir sobre su nombramiento. En el mismo sentido, habría que establecer los mecanismos para que estas últimas emitan sus votos sin conflictos de interés, pues lo primero que hay que preguntarse es si quienes hacen los nombramientos tienen realmente la intención de designar a personas independientes. Por fortuna, en el derecho comparado existen múltiples experiencias que pueden tomarse en cuenta al momento de diseñar un nuevo sistema, entre las cuales debiera considerarse el sorteo al interior de una terna o quina conformada en base a criterios curriculares y técnicos.
En todo caso, ni siquiera las mejores reglas garantizarán en un ciento por ciento la imparcialidad, pues siempre habrá puntos ciegos o vacíos que exigirán un comportamiento personal adecuado. El colmo de la actitud contraria es la alegación, esgrimida desfachatadamente por algunos, en el sentido de que la inhabilidad se tiene respecto de las partes y no de sus abogados. Sin ciertos mínimos éticos, que incluyan la autoexclusión en casos dudosos, ningún sistema puede funcionar.