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Editorial
Sábado 16 de agosto de 2025
SIS, un traspaso controvertido
Las críticas en torno al proyecto de ley que reconfigura el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) ilustran las dificultades que enfrenta la política para diseñar cambios según principios técnicos sólidos. Sus deficiencias deben ser discutidas con honestidad en el Congreso.
La acelerada aprobación de la reforma de pensiones impidió una discusión detallada del nuevo modelo para el SIS, que esa reforma considera. Sin embargo, parece que las lecciones no han sido aprendidas. El nuevo proyecto de ley que se hace cargo de ello presenta falencias conceptuales y prácticas que merecen reflexión, pues podrían afectar a las más de 7,4 millones de personas cubiertas por el seguro.
El SIS es de carácter obligatorio para todos los trabajadores afiliados a una AFP. Su objetivo es asegurar a las personas contra casos de invalidez total o parcial, garantizándoles un ingreso. En caso de fallecimiento, financia la entrega de una pensión de sobrevivencia. Los montos de los pagos dependen del siniestro. Por ejemplo, frente a una invalidez total, se paga una tasa de reemplazo del 70% (50% si es parcial).
En la actualidad, las funciones que deben ser realizadas para la operación del SIS son responsabilidad del sistema de AFP. Incluyen su licitación y contratación, la cobranza de la cotización asociada, la recepción de las solicitudes de pensión, el enlace de los solicitantes con las comisiones médicas encargadas de su evaluación y la supervisión de dicho proceso. Esto último es particularmente complejo, dado que la contratación de los médicos es realizada por la Superintendencia de Pensiones, lo que, en el pasado, ha generado problemas de gestión y operación. Las AFP, además, deben calcular, otorgar y pagar los beneficios.
Respecto del costo del seguro, desde julio de 2025 la tasa vigente es de 1,88% de las remuneraciones y rentas imponibles. Tal valor es inferior al 2,01% observado en 2024. Pero esta aparente reducción no debe llevar a confusión respecto de las dificultades que se han enfrentado en los más recientes procesos de adjudicación del seguro. En primer lugar, si bien bajo circunstancias especiales, es necesario recordar que en 2020 la licitación fue declarada desierta, lo que obligó a las AFP a innovar. Por eso, y en segundo lugar, para efectos de asegurar oferentes, con posterioridad a la pandemia, se realizó un cambio en la estructura de las licitaciones, apuntando a un pago por administración (más que por riesgo). Tercero, incentivos perversos producto de deficiencias en el diseño, decisiones equivocadas del regulador y falta de fiscalización han presionado al alza la siniestralidad, lo que tenderá a en encarecer el seguro.
Con todo, si bien el sistema no estaba libre de desafíos y necesidades de mejoramiento, el SIS había mostrado en general un funcionamiento adecuado. Por lo mismo, sorprendió a muchos que, en el contexto de la reforma de pensiones, se decidiera su traspaso pleno al Estado, para ser parte integral del futuro Seguro Social.
Problemas de un diseño centrado en el Estado
Bajo la nueva institucionalidad, los cotizantes aportarán con un 2,5% de sus ingresos al financiamiento de dos instrumentos: el SIS y el bono de compensación de expectativas de vida (bono tabla), destinado a compensar las diferencias de pensiones entre hombres y mujeres. Frente al acotado costo de este último beneficio y a un SIS que se ha licitado por debajo del 2%, las críticas apuntaron a que, al menos inicialmente, parte del 2,5% terminaría financiando otros elementos de la reforma. Esto llevó incluso a algunos técnicos a sostener que la reforma de pensiones encubría una suerte de reforma tributaria.
Pero si bien dichas dudas continúan, será también necesario examinar el resultado de las nuevas licitaciones. Al haber ahora un monto especificado en la ley (y no en las bases de licitación), es posible que los potenciales oferentes internalicen esa información y apuesten al techo definido por el Congreso. Por otra parte, sin solucionar los problemas de diseño y con el Estado jugando ahora un rol activo, tampoco es posible descartar que ese 2,5% termine siendo insuficiente, lo que podría incluso afectar la sostenibilidad del Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP).
Las dudas se extienden al contenido del proyecto que se discute en el Congreso. En particular, a la aparente inconsistencia respecto del concepto de “traspaso total” del SIS al Seguro Social del Estado. Y es que parte importante de las funciones asociadas al seguro, que —en el espíritu de lo planteado en la reforma— se entendió que se traspasarían al Instituto de Previsión Social (IPS) o al FAPP, se mantienen en las AFP. Es el caso de la solicitud de pensión de invalidez o sobrevivencia, el análisis de la cobertura de cada caso, y el cálculo, otorgamiento y pago de los beneficios. Esto generará nuevos trámites entre AFP, IPS y FAPP, lo que arriesga afectar la calidad del servicio. Tampoco, al mantenerse incentivos perversos, puede descartarse la multiplicación de abusos similares a los de las licencias médicas.
Así, si la decisión del Ejecutivo de mantener esas funciones en las AFP responde a dudas sobre la capacidad del Estado para realizarlas, hubiese sido apropiado tener esa discusión durante la tramitación de la reforma de pensiones. Ahora, si las dudas no son sobre capacidades sino de costos, parece cuestionable exigir a las administradoras hacerse cargo de parte de un sistema sobre el cual no tienen control.
Otra fuente de incertidumbre está asociada a ciertas arbitrariedades respecto de elementos financieros y contractuales. El texto obliga a traspasar a partir de agosto del 2027 las reservas existentes del SIS para rebajar las primas de los contratos futuros, sin reparar en que esas reservas permiten financiar siniestros ya ocurridos, pero no declarados en esa fecha. Así, esta medida no solo no cuenta con un sustento económico, sino que arriesga ser inconstitucional al afectar de manera retroactiva derechos y obligaciones.