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Cartas
Jueves 19 de junio de 2025
Poder Judicial y transparencia
Señor Director:
Ayer se conoció públicamente que el expediente sobre la apertura del testamento del fundador de Cencosud fue, por decisión judicial, “anonimizado”. Lo anterior implica la imposibilidad de acceder al expediente electrónico que aparece en la plataforma digital que administra el Poder Judicial.
Dicha decisión se funda en el Auto Acordado sobre Criterios de Publicidad de Sentencias y Carpetas Electrónicas que dictó la Corte Suprema mediante el Acta N° 44 de 2022. Bajo dicha disposición reglamentaria la justicia ha ido aumentando el número de causas secretas, sin que exista un fundamento normativo que lo autorice y pese a que la transparencia está garantizada constitucionalmente en nuestro país.
La Constitución dispone que los actos y resoluciones de los órganos del Estado, sus fundamentos y los procedimientos que utilicen son públicos (art. 8) y el Código Orgánico de Tribunales declara que los actos de los mismos tribunales son públicos, salvo las excepciones fijadas por la ley (art. 9).
Dicho lo expuesto, nos parece que la anonimización de expedientes carece de sustento constitucional y legal, por lo que debiera revisarse dicha práctica, cada vez más habitual en el Poder Judicial
Pedro Anguita R.
Juan José Parada R.
Abogados