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Cartas
Viernes 23 de mayo de 2025
Permisología
Señor Director:
Tenemos cientos de leyes con plazos razonables para resolver los proyectos de inversión, el problema es que los funcionarios no los cumplen y no reciben sanción por ello. Entonces no parece sensato que pongamos nuevos plazos en otra ley de “permisología” porque tampoco se cumplirán. Me permito sugerir un artículo único:
“El funcionario que por negligencia inexcusable no cumpliere los plazos determinados en la ley para resolver sobre los proyectos de inversión sometidos a su consideración, responderá personalmente con su patrimonio por los daños civiles, incluidos el lucro cesante y costos financieros derivados del retraso al titular del proyecto, siendo el jefe de servicio solidariamente responsable, sin perjuicio de su posterior derecho a repetir contra el Estado”.
Quizás de esa forma se podría crear un buen incentivo para cumplir los plazos que establecen las leyes.
Felipe Harboe Bascuñán
Abogado