El 29 de septiembre la Dirección del Trabajo cumple un siglo de existencia, lo que constituye un hito en la historia de nuestra República. Desde su origen, esta institución ha sido un pilar fundamental para asegurar la protección de los derechos laborales y avanzar hacia una sociedad más justa. Además, ha contribuido de forma decisiva a la buena gobernanza de las relaciones laborales y a la paz social.
El surgimiento del Derecho del Trabajo constituye un avance civilizatorio que pone al centro la dignidad humana. Su fundamento es que el trabajo no es una mercancía más y que la persona trabajadora es sujeto de derechos dentro de un marco normativo que debe tener un cumplimiento eficaz garantizado por el Estado.
En Chile, a raíz de las grandes movilizaciones obreras y la importancia creciente de la “cuestión social”, en las dos primeras décadas del siglo XX se materializó un núcleo incipiente de leyes de índole laboral y social. Entre ellas, la ley de “Habitaciones Obreras” (1906), la ley que estableció el descanso dominical (1907), la “Ley de la silla” (1914), la ley de Accidentes y Enfermedades Laborales (1916) y la ley sobre Salas Cunas en establecimientos industriales (1917).
Sin embargo, las normas dictadas en ese período eran escasas, su aplicación era laxa y no había una fiscalización en forma, ya que no existían servicios especiales de control.
En 1907 se constituyó como instancia germinal la Oficina del Trabajo, que fue el primer órgano administrativo del Estado en el ámbito laboral. Sus roles principales fueron la recopilación de información estadística y la colaboración en el diseño de algunas leyes de carácter laboral y social, además de desarrollar una incipiente labor de fiscalización de las actividades productivas, pero sin potestades sancionatorias.
Puede decirse con propiedad, entonces, que es en 1924 cuando surge una institución inspectiva propiamente tal. En efecto, el 29 de septiembre de ese año se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 4.053 sobre Contrato de Trabajo que, en su artículo 38, le otorga un amplio rango de funciones a la naciente Dirección General del Trabajo. Quedaría así establecido, como una de sus columnas vertebrales, el organizar y dirigir la inspección y vigilancia directa del trabajo, con el fin de asegurar el estricto cumplimiento de las disposiciones de dicha ley y otras de carácter social.
Este avance era consistente con los principios y directrices emanados de la Organización Internacional del Trabajo —a la que Chile adscribió desde su origen—, nacida en 1919 tras la Primera Guerra Mundial, bajo la premisa de que “la paz universal y permanente solo puede basarse en la justicia social”.
Luego de una larga evolución que ha acompañado el desarrollo socioeconómico del país, la Dirección del Trabajo actualmente se ha transformado en una organización sólida y compleja, que cumple varias funciones. En primer lugar, bajo el paradigma del Trabajo Decente y fiel a su mandato, la DT asegura la imperatividad del respeto normativo, ejerciendo la responsabilidad estatal de fiscalización y sanción de los incumplimientos. Al mismo tiempo, su rol es clave en la interpretación de las leyes a través de dictámenes.
En las últimas décadas, este organismo asumió también una función de asistencia en los procesos de negociación colectiva y de mediación de conflictos, logrando una alta tasa de efectividad en esta materia. Conserva además la tarea de recopilación estadística y elabora estudios sobre las nuevas realidades del mundo del trabajo que contribuyen a la formulación de políticas públicas.
Cabe destacar que en noviembre de 2023 se constituyó una Comisión del Centenario, de composición tripartita, que contó con una representación transversal de ex directoras y directores del Trabajo y con la participación de las tres agrupaciones nacionales de funcionarios y funcionarias. Esta fue liderada por Juan Somavía, ex director general de la OIT. Su misión ha sido reflexionar sobre el desarrollo histórico de la DT y proponer recomendaciones para abordar los desafíos presentes y futuros de un mundo del trabajo que experimenta una acelerada transformación, recomendaciones que le permitirán potenciar el cumplimiento eficaz de su mandato.
El informe de esta comisión, imbuido de una auténtica visión de Estado, muestra el valor de la unidad de propósitos cuando se pone al centro el interés superior del país, y contribuirá a la proyección, con una visión renovada, de una institución clave en nuestro ordenamiento republicano.
Jeannette Jara Román
Ministra del Trabajo y Previsión Social