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Cartas
Jueves 23 de noviembre de 2023
Alcances tributarios
Señor Director:
En su crítica a mi columna del domingo, el abogado Franco Gorziglia (lunes) afirma que las contribuciones de bienes raíces no constituyen un impuesto progresivo.
Un impuesto es progresivo si su tasa crece con el ingreso y esto es, precisamente, lo que sucede con las contribuciones, toda vez que solo las viviendas con avalúo fiscal superior a 33 millones de pesos, es decir, el 23% de las viviendas en Chile, pagan este tributo. Esto explica que un grupo transversal de economistas haya criticado el artículo de la propuesta constitucional que elimina las contribuciones por la vivienda principal, por considerarla “una medida tributaria altamente regresiva”.
Más allá de ponernos de acuerdo en cómo definir un impuesto progresivo, lo relevante es que, de aprobarse la propuesta constitucional, se pone en riesgo la principal fuente de recursos del Fondo Común Municipal. Este fondo redistribuye contribuciones desde las comunas más ricas (el 100% de las viviendas de Vitacura paga contribuciones) hacia las comunas más pobres (prácticamente ninguna vivienda en Lota paga contribuciones).
El abogado Gorziglia también afirma que en “todos los países OCDE” los gastos de vida han sido deducibles de impuestos personales “desde siempre”, por lo cual el artículo de la propuesta que establece que estos gastos serán deducibles no llevará a judicialización alguna. En prácticamente ningún país de la OCDE existe un derecho constitucional a rebajar los gastos para la vida de la base imponible. Existen algunos países con leyes que permiten deducir gastos específicos; por ejemplo, los intereses que se pagan por un crédito hipotecario. Pero, al establecer esto como un derecho constitucional universal, se hará muy difícil su regulación legal, judicializando el asunto y reduciendo la capacidad recaudadora del fisco.
En su reciente informe sobre Chile, el FMI recomienda “buscar alternativas para elevar la baja recaudación del impuesto a la renta de las personas naturales”. Los dos artículos comentados aquí apuntan en la dirección opuesta. Todo lo anterior me lleva a reafirmar que la propuesta constitucional que votaremos el 17 de diciembre reduce la recaudación tributaria, favorece a los sectores de altos ingresos y añade un componente de incertidumbre en los ingresos fiscales.
Eduardo Engel