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Cartas
Jueves 09 de noviembre de 2023
"Nadie sabe para quién trabaja"
Señor Director:
Los profesores Bascuñán, Correa, Wilenmann y Tschorne sostienen (ayer), de manera exagerada y equivocada, que la propuesta de nueva Constitución modificaría el estándar que hasta ahora han tenido las sanciones penales a nivel constitucional, “saboteando” (sic) la prohibición penal del narcotráfico, habida cuenta de la remisión que hace la ley para que sea el reglamento el que determine las sustancias estupefacientes.
Como bien señalan los autores, el Anteproyecto de la Constitución de 1980 señalaba que la ley debía determinar “expresa y completamente” el delito. El término “completamente” en dicho contexto, se refería a la imposibilidad de regulación infralegal, debiendo encontrarse determinados por la ley todos los contornos de la conducta punible.
Ahora bien, lo descrito es distinto al cambio introducido por el Anteproyecto de la Comisión Experta —y no por el Consejo Constitucional— en el artículo 16.8, el cual especifica que estas conductas deben estar “descritas” —no habla de determinadas— de manera “precisa y expresa” en la ley. Es claro que el término “precisa” tiene un sentido y alcance diverso, pues no hablamos de una prohibición de regulación infralegal de los contornos de la conducta, sino que estamos frente al establecimiento de un criterio de especificidad —no de completitud— que busca evitar la ambigüedad en dicha descripción legal.
A lo anterior se suma que el Consejo Constitucional eliminó la referencia a la reserva legal para regular y complementar derechos fundamentales en los artículos 23.1 y 74 letra r) del proyecto de nueva Constitución, fijando dicha reserva exclusivamente a la restricción y limitación de dichos derechos —no eliminación o derogación, la que corresponde solo vía reforma constitucional.
En consecuencia, la propuesta de nueva Constitución no excluye la posibilidad de que las garantías penales mínimas puedan ser complementadas y reguladas por normas infralegales, más allá del alarmismo de los autores, resultando perfectamente compatible la remisión que hace la ley que penaliza el narcotráfico, para que sea el reglamento el que determine las sustancias estupefacientes.
Jorge Barrera Rojas
Profesor de Derecho Constitucional, jefe de Asesores Bancada Republicana, Consejo Constitucional