Acaba de lanzarse el libro “Feminismo y Constitución. Ensayos para el debate”, de los autores Felipe Schwember, Valentina Verbal y Fernanda García. Son tres ensayos que analizan críticamente el feminismo que primó en la Convención Constitucional anterior, pero desde dentro del propio movimiento feminista. No con el objeto de hundirlo, sino de ayudarlo a enmendar algunos errores que se seguirían si se tomaran las propuestas feministas rechazadas. El lector podrá suscribir o no las posturas que presentan los autores en el texto, pero de todos modos su lectura colabora en el análisis pausado de este aspecto particular del proceso.
En efecto, ¿qué fue del feminismo? Da la sensación de que, tras el estrepitoso fracaso del anterior proyecto de Constitución, las voces feministas de la nueva izquierda se encuentran a la defensiva. Para ellas, la Constitución que se teje actualmente, con sus enmiendas al anteproyecto experto, supondría un serio revés a los avances en la causa de la mujer, y una estocada al corazón de cualquier feminista. Como sería inexorablemente contraria a los derechos de las mujeres, solo cabría votar en su contra el próximo 17 de diciembre. Sin embargo, esa disyuntiva solo resulta verdadera si el único avance posible en equidad de género pasa por la perspectiva presentada en la Convención fallida.
El asunto que ha levantado más alarmas en el feminismo dominante es la enmienda que recupera el mandato al legislador de proteger la vida que está por nacer. Las alertas para quien considere intocable el aborto son comprensibles. ¿No significaría la inconstitucionalidad ipso facto de la ley que lo legaliza en tres causales? Con todo, hay que recordar que la Constitución vigente incluye esa protección, y la ley se promulgó de todos modos debido a una sentencia del Tribunal Constitucional que estimó compatibles ambas disposiciones. Al menos en ese punto, la situación quedaría intacta.
Pero, ¿hay algún avance? El anteproyecto había propuesto que la ley, además de prohibir la discriminación, “asegurará el acceso igualitario de mujeres y hombres a los mandatos electorales y cargos electivos”. Las enmiendas luego sugirieron modificar el verbo “asegurar” por “promover”. Para comenzar, el mero acceso igualitario a los cargos públicos no garantiza la paridad de salida en instituciones y cargos públicos. Si además tal acceso no está asegurado, sino solo “promovido”, ¿no se crea un abismo entre el proyecto de Constitución y el ideal paritario?
Según observa Valentina Verbal, la paridad de salida no es la única manera de conseguir la paridad, ni la más eficaz (de hecho, la fórmula tal como se ha planteado en Chile no se usa en ninguna parte del mundo). No es que Verbal se oponga al ideal paritario, sino que ofrece alternativas que han funcionado en el mundo y que no requieren medidas correctivas que “aseguren” ese acceso de manera aritmética. En ese sentido, el cambio que la enmienda propone no haría ningún daño. Pueden barajarse alternativas que, al promover la participación en vez de forzarla, terminen causándola a través de un cambio cultural estable.
El proyecto nuevo también contempla incorporar la dimensión del cuidado, tan cara al feminismo contemporáneo. Las mismas enmiendas han insistido en reconocer el derecho a los cuidados, y en crear el deber estatal de fomentar la corresponsabilidad. Los intentos pueden parecer débiles, pero como sostiene Fernanda García, “lo que se precisa es de normas que alienten de modo no coactivo la redistribución de las tareas de cuidado”. El nuevo texto parece orientarse a sentar las bases que permitan avanzar en aquella dirección, algo que la Constitución vigente no contempla.
Si se toma una cierta distancia crítica, hablar de retrocesos respecto del proyecto y Convención anterior es algo desafortunado, pues se avanzaba hacia el precipicio. Desde luego, esto no implica que no haya otras muchas falencias en el proceso en curso (las hay, y deben corregirse), o que no se puedan sugerir más avances, pero es bueno recordar que una Constitución es un cimiento. Como sugiere Felipe Schwember, ella no puede dejar atada una determinada noción de género. En cuanto tal, y en lo referente a las mujeres, la dirección más cauta que ha tomado este proceso podría suscitar más transversalidad y proporcionar un mejor piso que la Constitución actual para la legislación futura de avances en equidad de género.
Gabriela Caviedes
Investigadora de Signos Uandes