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Cartas
Martes 25 de julio de 2023
“Tratados y nueva Constitución” II
Señor Director:
El profesor Álvaro Paúl argumenta contra el rango constitucional de los tratados de DD.HH. En su carta dice que “potencia la incerteza jurídica, pues la gran amplitud y escasa definición de algunos DD.HH. se prestan para el gobierno de los jueces”.
El profesor Paúl identifica un asunto relevante que debe ser abordado por el Consejo Constitucional. Sin embargo, es discutible que el rango constitucional de un tratado potencie la incerteza jurídica. En realidad, dicha incerteza proviene principalmente de ciertos defectos en la forma en que incorporamos el Derecho Internacional al Derecho nacional. Es decir, de los límites difusos relativos a la aplicación directa o autoejecutabilidad de un tratado.
Esta es una discusión importante para garantizar que la aplicación de un tratado sea un reflejo fiel de la voluntad de los Estados que prestaron su consentimiento, y no un instrumento de activismo judicial.
Pero el rango constitucional de los tratados de DD.HH. no es un obstáculo para lograr aquello. En cambio, sí permite dar mayor protección a los derechos fundamentales de quienes están en territorio chileno. La nueva Constitución no puede retroceder en esta materia.
Benjamín Salas Kantor
Profesor adjunto Columbia University