Las políticas de uso del territorio deben basarse en análisis rigurosos de las características que se quiere proteger y del potencial de uso. En Chile, se ha establecido que los planes reguladores deben someterse al análisis ambiental, sin que ello se haya aplicado en la mayoría de los casos.
La regulación inadecuada y la falta de rigurosidad en su aplicación han resultado en arbitrariedades y en una pobre protección efectiva del medio ambiente y de los derechos de los particulares. Se evidencian problemas graves como considerar de uso agrícola áreas imposibles de cultivar por sus características naturales; la definición como áreas protegidas de muchas en que la flora y la fauna ya han sido depredadas y desaparecido irremediablemente; la ausencia de protección efectiva de áreas de real calidad agrícola o de alto valor ambiental.
El borde costero se invade sin respetar criterios de preservación ecológica, y numerosos humedales están en proceso de destrucción sin que el Estado intervenga. Algunos municipios promueven la densificación en áreas urbanas que se han desarrollado con criterios de baja densidad y en algunos casos en zonas semejantes y colindantes con áreas declaradas de preservación ecológica.
Los ejemplos abundan. En las últimas tres décadas en la comuna de Colina se autorizaron muchos condominios y subdivisiones rurales en base al DL 3516. En las parcelas rurales aprobadas muchas familias han construido y contribuido a reforestar áreas en que la flora nativa estaba desapareciendo por la escasez de agua y cuidado.
En 1997 el plano regulador comunal declaró como Área de Preservación Ecológica (APE) a vastas zonas incluyendo aquellas ya aprobadas y construidas o en construcción. La municipalidad continuó otorgando permisos de construcción sobre la base de que contaban con aprobación antes del plano regulador. En 2020 el contralor general de la República dictaminó que no debían otorgarse permisos de construcción en las mencionadas APE. A partir de 2021 la Dirección de Obras de Colina ha denegado los permisos incluso en loteos mayoritariamente construidos y habitados, situación que se repite en otras comunas del país. La consecuencia directa es que muchos chilenos que han invertido confiando en los permisos existentes ven afectados sus derechos legítimamente constituidos por la aplicación retroactiva de las normas.
En la mayoría de los casos la declaración de APE se impuso sin evaluación ambiental, lo que es evidente al observar el nulo potencial agrícola y la destrucción ecológica previa a la norma que muestran dichas áreas.
Se requiere de un sistema de planificación del territorio basado en análisis rigurosos de sus características para proteger los bienes ambientales y también el deseo de las personas de elegir el entorno en que viven, y las autoridades no deben resolver arbitrariamente y sin justificación las normas de uso. De nada sirve definir áreas protegidas que no son fiscalizadas. La imposición de restricciones arbitrarias puede tener altos costos sociales, y la protección decretada en el papel y sin fiscalización se presta para el fracaso en la protección ecológica.
La arbitrariedad se facilita por la falta de trasparencia en los frecuentes cambios en el uso del suelo porque aunque existe la posibilidad de participación, generalmente esta es limitada por la complejidad de la información y la baja difusión.
No es extraño que se aprueben desarrollos urbanos y construcción en altura en áreas que no muestran ninguna diferencia ecológica con aquellas declaradas protegidas, sin que medien estudios de impacto ambiental, resultando en políticas inconsistentes por la falta de consideraciones reales de daño y beneficio ambiental y la discriminación respecto de lo aplicado a áreas de características similares.
Vivianne Blanlot
Economista