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Cartas
Lunes 17 de abril de 2023
Sobre los derechos fundamentales
Señor Director:
No es nueva la idea de que una Constitución debe establecer mecanismos que protejan la integridad de los derechos fundamentales frente a las decisiones de los poderes públicos. Uno de los mecanismos desarrollados por el constitucionalismo moderno es la “garantía del contenido esencial de los derechos”, que impide que gobiernos y legisladores afecten los derechos en su esencia. Si bien dicha idea ya estaba presente en la teoría del Estado desarrollada para la República de Weimar, su falta de cristalización expresa le impidió servir a la evitación de las más graves aberraciones humanas durante el siglo pasado.
Como explica la literatura alemana, fue dicha experiencia negativa la que justificó la incorporación de dicha garantía en la ley fundamental alemana. Aquel fenómeno se extendió a nuestro país que, al mismo tiempo, la incorporó expresamente en su propia Carta Fundamental y tradición constitucional. Dicha cláusula ha permitido proteger el contenido de derechos fundamentales tales como la libertad de prensa, la inviolabilidad del hogar, la propiedad, la vida y muchos otros.
Sin perjuicio de lo anterior, no ha habido el consenso necesario para incluirla en el primer borrador de Constitución de la comisión experta, quedando en manos de los poderes públicos y de la necesaria, pero para estos efectos, ineficiente proporcionalidad. El déficit podría ser sustantivo.
Gonzalo García Palominos
Académico, Facultad de Derecho U. de los Andes