La Comisión Experta ha aprobado en general algunas innovaciones a la mecánica electoral cuyos efectos potenciales cabe discutir con mayor detenimiento de cara a la fase de enmiendas.
En primer lugar, en el artículo 5, inciso 2, del capítulo “Congreso Nacional”, se establece la concurrencia de una “eventual” segunda vuelta presidencial con las elecciones parlamentarias. Ello, como suscribieron los expertos de la subcomisión de Sistema Político, busca favorecer la gestación de mayorías en la asamblea en torno al programa presidencial.
La figura propuesta, a pesar de apuntar a un objetivo deseable, presenta varios inconvenientes asociados: a) Lo que se denomina en la literatura como coattail effect, donde las listas de partidos sin candidatos en la segunda vuelta compiten en clara desventaja. Bajo ciertas circunstancias, esto puede inducir a una concentración excesiva que atente contra el pluralismo en la representación democrática. b) Si un candidato presidencial obtiene la mayoría absoluta en primera vuelta, como Eduardo Frei en 1993, la elección parlamentaria corre el riesgo de movilizar a una cantidad muy reducida de votantes. Ello puede menguar la legitimidad y representatividad de la legislatura. c) Puede darse el escenario de que un liderazgo populista pase a la segunda vuelta, arrastrando votos para una bancada que sea solo la expresión de un vehículo personalista pasajero.
En segundo lugar, otra innovación es la dispuesta en el artículo 6, inciso 2, del mismo capítulo. Allí se establece un umbral del 5% de los votos válidamente emitidos a nivel nacional en los comicios para elegir diputados, como piso para que los partidos puedan participar en la distribución de escaños en la Cámara de Diputados y el Senado. Nuevamente, se trata de una medida bien inspirada: reducir la fragmentación del sistema de partidos. Sin embargo, no parece aconsejable que la distribución de votos partidarios para la elección de diputados sirva para informar la asignación de escaños en el Senado, cuya lógica de representación (regional), magnitud distrital y calendario electoral es diferente. Por otro lado, que candidatos a diputados con una alta cantidad de votos personales no resulten electos en función del desempeño de sus partidos, va en contra de la lógica de las listas abiertas.
De hecho, los umbrales se aplican principalmente en sistemas electorales con listas cerradas. Cuando se utilizan en sistemas mixtos, como en Alemania, el umbral no aplica para los candidatos electos en el componente uninominal.
Tercero, el artículo 21, en los incisos 10 y 11, establece la pérdida del escaño para aquellos diputados o senadores que renuncien o sean expulsados del partido que declaró su candidatura. Se trata de una figura que busca avanzar en un objetivo deseable y necesario: mayor disciplina parlamentaria. No obstante, nuevamente se pasa por alto que esos legisladores fueron electos en base a votos personales, en un sistema de listas abiertas. Debe reflexionarse detenidamente si esta figura no terminará lesionando la legitimidad democrática a través de una lealtad forzada a cúpulas partidarias ahora excesivamente poderosas.
Existe consenso sobre la disfuncionalidad aparejada a la fragmentación del sistema de partidos chileno. Lo mismo parece válido respecto de la debilidad de las organizaciones partidarias para coordinar a sus bancadas y a las crecientes dificultades que exhiben los políticos para llegar a acuerdos. La subcomisión de Sistema Político, a diferencia del proceso constitucional anterior, ha avanzado en un diagnóstico más realista y menos voluntarista. Sin embargo, cabe recordar que, como advierten los politólogos en la literatura comparada, las instituciones electorales deben pensarse considerando sus efectos sistémicos y no como partes aisladas.
Andrés Dockendorff
Instituto de Estudios Internacionales, Universidad de Chile