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Cartas
Lunes 12 de diciembre de 2022
Constitución Política
Señor Director:
Nos guste o no, esta es la hora de la política. Se trata de escribir y aprobar una Constitución Política, la que debiera surgir del trabajo de un órgano político, ratificado en un plebiscito de salida por la ciudadanía. Como estamos en democracia, lo deseable es que esa convención —así la llamaremos— sea elegida íntegramente por la libre expresión de la voluntad popular.
Ningún trabajo de expertos puede sustituir el trabajo de deliberación y decisión de esa convención. Los expertos deben asesorar a la misma. En esta misma página, Lucas Sierra ha propuesto que esa función se radique en la biblioteca del Congreso Nacional (tal vez reforzada por un pequeño grupo de constitucionalistas elegido por el propio Congreso).
No se ha reparado suficientemente en que el trabajo de los expertos fue parte del problema y no de la solución en la pasada (y fracasada) Convención constitucional, dentro y fuera de la misma.
Ahora bien, nada de lo anterior obsta a que, por ejemplo, un consejo asesor de expertos elegido por el Parlamento pueda preparar un anteproyecto de Constitución para ser presentado a esa convención. Esta sería soberana para decidir sobre el mismo.
Es más, se puede dar el caso de que los partidos decidan llevar en sus listas de candidatos o candidatas a expertos, sometidos a la voluntad popular. Una fórmula de listas nacionales y cerradas facilitaría aquello (los partidos podrían incluir, e incluso encabezar, sus listas con expertos). Para evitar que esas listas nacionales y cerradas puedan sobrerrepresentar a una coalición en desmedro de otra, se debería pensar en listas por partidos, no por coaliciones. Eso es lo que ocurrió entre 1957 y 1973, en que se prohibieron los pactos electorales (en que se dan lógicas cruzadas, incluso de partidos grandes subsidiando a partidos chicos). Esa decisión demostró ser un modo eficaz y democrático de disminuir la fragmentación de partidos.
En definitiva, proponemos una Convención Constitucional de 79 miembros (la mitad de 155, más uno, con lógica impar), con un plazo perentorio de 6 meses (sin prórroga), sobre la base de listas nacionales y cerradas por partidos (no por coaliciones). Se excluirían las listas de independientes y los escaños reservados serían elegidos en proporción a la participación electoral de los pueblos indígenas.
Genaro Arriagada
Ignacio Walker