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Cartas
Jueves 08 de diciembre de 2022
Derecho a nacer
Señor Director:
A propósito de la confirmación del Tribunal británico de Apelación que permite el aborto de fetos con síndrome de Down hasta el momento del nacimiento, no podemos quedar ajenos a manifestar nuestro malestar como fundación que apoya desde el nacimiento hasta la vida adulta a personas con esta condición.
Podemos afirmar, sobre la base de nuestra experiencia de más de treinta años, que cuando una persona con síndrome de Down recibe a tiempo y de modo sostenido todas las ayudas que requiere, puede lograr un proyecto de vida pleno, armónico, incluido en nuestra sociedad y, sobre todo, feliz.
Este marco legal encierra un sesgo de evidente discriminación que atenta contra la naturaleza no solo de las personas con esta condición, sino que de toda la sociedad, al poner un cariz de “desechable” a quien viene al mundo, argumentando anomalías que —podemos decir con total claridad— no son tales, puesto que vemos día a día las fortalezas de nuestros usuarios y su rol no solamente como seres humanos, sino como ciudadanos y sujetos de derecho.
Enarbolamos como Fundación Chilena para el Síndrome de Down el primer acápite de la Declaración Universal de los Derechos Humanos: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros”.
Si comenzamos a avalar este tipo de prácticas, estaremos cayendo en un peligroso juego, otorgando a la ley la facultad de seleccionar quiénes tienen o no derecho a nacer y desarrollar un proyecto de vida autónomo e incluido.
Eduardo Olivera Valdivia
Gerente general Fundación Chilena Síndrome de Down Complementa