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Cartas
Jueves 08 de diciembre de 2022
IVA a los servicios
Señor Director:
En pocos días, el 1º de enero, de acuerdo a lo establecido en la última reforma tributaria, todos los servicios, salvo algunos expresamente exceptuados, empezarán a ser gravados con IVA. Como consecuencia de ello, estos experimentarán un alza de 19%.
Seguramente el legislador ignoraba que el IVA es de cargo del beneficiario y que, por lo mismo, el prestador no puede, aunque quiera, asumir su costo. Una de las excepciones legales cuyos servicios no quedan afectos son las sociedades profesionales, cumpliendo un conjunto de requisitos establecidos en la ley. El problema es que solo recién el 30 de noviembre pasado el SII dictó la resolución que regula los mecanismos y trámites que los profesionales no afectos deben realizar para no quedar gravados por este impuesto, que encarecerá sus servicios. Como es evidente que en las tres semanas que restan hasta el 1º de enero muy pocas sociedades profesionales podrán tener acceso a la asesoría profesional especializada para adaptarse, y considerando además el crítico momento económico que vive el país, lo razonable sería que mediante una ley miscelánea urgente se prorrogara el plazo en un año, para que los contribuyentes y el SII puedan realizar los trámites necesarios.
Hay innumerables otros servicios no profesionales que quedarán gravados con IVA, como los servicios de vigilancia; las mantenciones que se pagan a los cementerios; las membresías de los gimnasios; las perforaciones hechas para buscar agua y los pagos a los agentes de aduana por las importaciones, por citar solo algunos de muchos ejemplos.
Hagamos las cosas bien y con plazos razonables.
Christian Aste
Abogado