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Cartas
Jueves 20 de octubre de 2022
Presencialidad en las audiencias
Señor Director:
En una reciente carta (domingo) el defensor nacional, Carlos Mora, aboga por un pronto retorno a la presencialidad de las audiencias en el sistema procesal penal. Si bien el gatillante de su misiva es una situación que desnudó “la vulnerabilidad de la justicia telemática”, al haberse descubierto a un fiscal del Ministerio Público dictando a un policía su declaración, flagrante y grave infracción de derechos, pareciera también efectivo que no es la presencialidad la que asegura per se el pleno respeto de las garantías mínimas en el proceso. El abrupto e imprescindible recurso a la virtualidad para continuar con la justicia fue una experiencia que debe ser estudiada, rescatando de ella las prácticas que resultan en aportes.
No cabe duda de que se requiere retomar el contacto con los justiciables y con las víctimas, pero ¿es ese el sentido de la presencialidad? El teletrabajo es una realidad hasta en medicina, e incorporar sus beneficios al sistema de justicia puede enriquecerlo. Por ello es necesario atender a los fines del proceso y determinar de qué modo pueden perjudicarse con la virtualidad y, al contrario, de qué manera la incorporación de la tecnología puede beneficiarlos. El acceso a la justicia, facilitando a los usuarios el manejo de la información, el acceso expedito a las audiencias, la reducción en los tiempos y costos de acceso puede justificar en muchos casos la telejusticia.
Existen audiencias en las que la presencialidad resulta imprescindible, como los juicios orales, pero hay otras en las que una conexión remota resulta suficiente y es un desafío poder identificarlas y crear las condiciones de respeto al debido proceso.
Hay prácticas en presencialidad que atentan contra el proceso, de la misma manera que existen prácticas virtuales que lo favorecen. Tenemos una oportunidad de aprender de la experiencia y hay que aprovecharla.
Paula Vial Reynal