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Cartas
Domingo 18 de septiembre de 2022
Negación de gratuidad
Señor Director:
La Subsecretaría de Educación Superior (SSES), mediante resolución exenta N° 3.679, ha negado el acceso a la gratuidad a los estudiantes de la Universidad Central. Esta resolución argumenta que la Universidad Central, cumpliendo plenamente con los requisitos que establece la Ley de Educación Superior, en su artículo 83 para acceder a este beneficio, es decir, cuatro años de acreditación institucional; estar constituida como corporación de derecho privado sin fines de lucro; estar adscrita al Sistema de Acceso y aplicar políticas que permitan el acceso equitativo de estudiantes de menores ingresos, no cumpliría con la exigencia que señala el artículo 40 transitorio al artículo 83 en su letra C, que señala que al menos el 80% de los estudiantes matriculados en primer año cuenten con un puntaje ponderado promedio de 450 puntos, donde la Universidad Central alcanzaría solo el 78,5%, es decir, una diferencia del 1,5% , equivalente a 26 alumnos de un total de 1.731 matriculados.
Esta resolución denegatoria, aplicada sobre la base de un artículo transitorio, pudiera ser consistente a no mediar el hecho de que la SSES en su cálculo incluye y aplica un puntaje cero a 207 estudiantes, los cuales no deben ser incluidos, ya que son estudiantes de cursos superiores de continuidad de estudios, que no ingresan a la universidad dando prueba de selección, ya que tienen un título profesional anterior o tienen competencias acreditadas y que además no tienen derecho a gratuidad. De excluirse a estos estudiantes del cálculo, la Universidad Central alcanza un 86,5% de cumplimiento y, en consecuencia, la gratuidad para sus estudiantes.
La resolución de la SSES vulnera el principio básico de equidad ante la ley, niega un derecho a más de 5.000 alumnos y tendrá graves consecuencias para los estudiantes y sus familias, que quedarían excluidos de la gratuidad para el año 2023. En razón de ello hemos recurrido al señor ministro de Educación, don Marco Antonio Ávila, mediante un recurso jerárquico para que, conforme a sus atribuciones legales, considere y pondere los antecedentes expuestos por la Universidad Central y otorgue en definitiva a sus estudiantes el derecho a la gratuidad.
Santiago González Larraín
Rector Universidad Central de Chile