El Mercurio.com - Blogs : Libertad de elección en pensiones
Cartas
Domingo 31 de julio de 2022
Libertad de elección en pensiones
Señor Director:
En carta del viernes se hace referencia a la administración de la futura cotización adicional de cargo del empleador. Expresa la nota que su radicación exclusiva en un ente público, “eliminará por completo la libertad de elección que hoy tienen para decidir quién administra sus ahorros”. Tal queja resulta ser, primero, un discurso incoherente y, segundo, vacío de significado sustantivo respecto de las futuras pensiones.
En efecto, cabe precisar que la libertad de elección a la que se alude está limitada solamente a dos opciones: a cambiarse de AFP o a cambiarse de fondo dentro de una misma AFP.
Para los afiliados, la primera opción solo abre la posibilidad de elegir entre diferentes comisiones de administración, careciendo de efecto alguno en el monto de la pensión esperada. En cambio, en el caso de la cotización adicional, que sí tendrá impacto en la pensión, su gestión no estará sujeta a comisión.
La segunda opción, que podría tener algún efecto en la pensión, ha sido públicamente cuestionada y desalentada por las propias AFP. Ante los recientes cambios legales y normativos que elevaron el costo de ejercicio de esta opción, no hubo quejas de su parte.
Álvaro Gallegos Alfonso
Economista, exsuperintendente de Pensiones