El 4 de septiembre se realizará el plebiscito de salida de la nueva Constitución. Más allá de la obligatoriedad del voto, participar en esta instancia es un deber. Nuestras comunidades educativas deben saber lo que realmente dice el proyecto y las implicancias que conlleva, especialmente en el ámbito educativo.
Valoramos enormemente el trabajo realizado por la Convención Constitucional, fue un año en el que vimos debatir diferentes puntos de vista respecto de los temas esenciales que nos atañen como chilenos. No obstante, tenemos una serie de dudas en relación con temas en los cuales no fuimos escuchados, a pesar de representar más del 60% de la matrícula escolar del país. Entre otros, queremos relevar los siguientes.
Si bien el texto garantiza la libertad de enseñanza, nos preocupa que en su redacción no quede debidamente respaldada la diversidad de proyectos educativos, dado que no se explicita que se puedan abrir y gestionar nuevos colegios, como sí lo hace la actual Constitución en el Título III, artículo N° 11. El nuevo texto puede llevar a inferir que habrá una pérdida de relevancia de los proyectos educativos institucionales y mayores restricciones para su implementación, puesto que prevalecerán solo los principios enunciados en el texto. Lo ambiguo de este texto puede llevar a que muchas instituciones que prestan servicios educacionales vean afectados negativamente los principios y valores propios de su identidad.
También se omite toda mención a la educación particular subvencionada. Algunas interpretaciones de expertos consultados por nuestra Federación indican que solo podrá continuar si el legislador lo permite; esto sin considerar su financiamiento, puesto que en el texto se mencionan los aportes basales hacia la educación pública.
En relación con el derecho que consagra el texto a las y los integrantes de cada comunidad educativa a participar en las definiciones del proyecto educativo y en las decisiones de cada establecimiento, esta redacción genera incertidumbre respecto del alcance de dicha participación, el nivel de poder que tendrán en la toma de decisiones, y muy especialmente las responsabilidades que recaerán en los integrantes de la comunidad educativa, al decidir de una manera u otra sobre el proyecto educativo. En caso alguno estamos en contra de la participación al interior de nuestros colegios, pero el colegio católico ¿deberá someter a la opinión de la comunidad educativa el carácter evangelizador de su Proyecto Educativo, por ejemplo?
En el mismo contexto, referido a la participación, nos encontramos con el siguiente texto: “las y los profesores y educadores son titulares de la libertad de cátedra en el ejercicio de sus funciones, en el marco de los fines y principios de la educación”. ¿Significa esto que los profesores podrán enseñar lo que ellos decidan, incluso sin respetar el Proyecto Educativo Institucional? Esta es otra de las interrogantes que nos deja la propuesta constitucional.
En este momento crucial, invitamos a nuestras comunidades a reflexionar y dialogar en un tono respetuoso y responsable, como ciudadanos comprometidos con nuestro país y con la educación particular. Sabemos que los escenarios inciertos pueden provocar polarización y que, precisamente, debemos cuidar nuestra democracia y fortalecer los principios valóricos y constitucionales en una futura Carta Magna, teniendo muy presente la visión y la misión de lo que es la historia de nuestra Federación.
Pedro Díaz C.
Presidente nacional FIDE