El Mercurio.com - Blogs : El “eterno retorno”
Cartas
Miércoles 20 de julio de 2022
El “eterno retorno”
Señor Director:
Carlos Peña insiste en el “eterno retorno” del proceso constituyente, pero me temo que su explicación olvida preguntas esenciales. Ante todo, llama la atención que omita toda referencia a la deliberación previa. ¿No es un antecedente que la tesis contraria a la del columnista haya generado consenso en la Mesa Técnica? ¿No es relevante que quienes buscaron la circularidad del procedimiento hayan intentado, sin éxito, eliminar el inciso final del art. 142? Sobre esto guarda silencio.
Tal vez considera que la deliberación previa no es una fuente para interpretar normas constitucionales. Entonces centrémonos en el contenido. Peña concede que el capítulo de reformas tiene fechas y plazos. Pero olvida que las fechas ya transcurrieron y los plazos están atados a esas fechas. ¿Cómo podría convocar el Presidente a una nueva elección de convencionales si el art. 130 establece que la convocatoria debe hacerse “dentro de los 5 días siguientes a la comunicación” en que el Tricel calificó el plebiscito de entrada? ¿En qué fecha sería esa nueva elección si la Constitución establece que esta será el “15 y 16 de mayo de 2021”? ¿Cuándo sería convocada una “segunda convención” si el art. 133 dispone que la convocatoria debe ser “dentro de los 3 días siguientes” a la calificación de la elección del 2021? Nuevamente silencio.
Peña solo se limita a repetir que el cronograma es “permanente” porque se inserta en un capítulo permanente. Tal argumento observa solo una parte de las reglas (ubicación) sin detenerse en lo fundamental (contenido). ¿Por qué la ubicación preferiría al contenido? ¿No hay acaso en los actuales artículos transitorios algunos con efectos permanentes (ej. tercero o cuarto)? Y cuando otras constituciones han querido regular mecanismos de reemplazo permanente, ¿no lo han hecho con normas generales de contenido inequívoco?
No es fácil encontrar una teoría de interpretación constitucional que acompañe su planteamiento. Y es que tal vez no hay ninguna y todo se trata de huir del Derecho por razones contingentes. Si así fuera, es bueno recordar lo que el propio Peña escribía en un ensayo sobre Kelsen: “la tarea del jurista consiste en decir que tal norma vale y tal otra no”. Eso debemos pedirle al rector.
Sebastián Soto
Profesor Derecho UC