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Cartas
Jueves 28 de abril de 2022
Parques nacionales y serie de Netflix
Señor Director:
El reciente editorial “Protección de parques nacionales” (21 de abril) elogió la proyección del episodio del documental de Netflix sobre parques nacionales de la Patagonia chilena, narrado por el expresidente Barack Obama, llamando la atención para evitar o mitigar los efectos de la pérdida de biodiversidad y del cambio climático. Dentro de ello, la protección de áreas naturales adquiere la mayor relevancia por los servicios ambientales que nos proveen los bosques, en particular los existentes en nuestros parques nacionales que, con visión de futuro, se crearon desde el año 1926 con el Parque Vicente Pérez Rosales, hasta totalizar 42, el último, Kawésqar, en 2019.
Del mencionado documental concluyo que debemos revisar la situación institucional, normativa y dotación de recursos existentes para hacernos cargo del patrimonio natural que representan los parques nacionales.
El balance es preocupante: en lo institucional, la ley que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP) cumple 11 años de tramitación en el Congreso. En lo normativo, importantes leyes permiten la realización de actividades en estas áreas: por ejemplo, mineras (art. 17, N° 2, C. de Minería), otras, de “interés nacional” (Ley 20.283, recuperación de bosque nativo) y, para “casos en que la legislación respectiva lo permita” (Ley 19.300, art. 10, p), posibilitando que, cada cierto tiempo, se debilite, incluso, la aplicación del convenio internacional conocido como Convención de Washington (1940), que se reconoció, por la vía judicial, para detener la extracción de agua del lago Chungará, en el Parque Lauca (1985), y el uso de aguas en el Parque Vicente Pérez Rosales para generación eléctrica (2013).
Preocupa que, como en otras materias, reportajes como el documental de Netflix nos llamen la atención para conocer, valorar y cuidar nuestros recursos naturales y corregir nuestras deficiencias, a propósito del documental señalado, oportuna y destacadamente comentado por su editorial.
Sergio Montenegro Arriagada
Prof. (Asoc.) Derecho Ambiental
Facultad de Derecho, U. Chile