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Cartas
Sábado 23 de abril de 2022
¿Una policía militar o civil?
Señor Director:
Agradecemos la respuesta de Claudio Fuentes a nuestra carta. Los puntos que plantea son interesantes de cara al estatuto constitucional de Carabineros, y coincidimos en la relevancia de contar con mejores policías. Con todo, tenemos una diferencia sustancial respecto de cómo regular la institución.
Resulta contradictorio, e incluso puede terminar siendo engañoso, consagrar en la propuesta que será una policía civil y, a renglón seguido, otorgarle las características de una policía militar (un cuerpo armado, jerárquico, obediente y no deliberante, disciplinado y profesional).
La comparación que realiza el profesor Fuentes con la PDI tampoco es del todo correcta, pues, a pesar de que los diversos textos legales suelen equipararlas, ambas instituciones desempeñan labores diferentes entre sí. Carabineros es una policía de calle, de seguridad preventiva, de acción inmediata y de control del orden público, características que se insertan mejor en una estructura como la actual, aplicando las evidentes correcciones que requiere.
Por último, la discusión abstracta sobre si conviene tener una policía militar o civil no es necesariamente de respuesta inmediata. Pero en el Chile real, donde existen cerca de 60 mil carabineros, sumido en lo que el subsecretario de Prevención del Delito denominó el “peor momento en seguridad desde el retorno a la democracia”, con una cultura y doctrina institucional operativas, los razonamientos abstractos deben ser moderados por lo que nos aporta la realidad. Lamentablemente, y como en tantos otros temas, en esta etapa procesal la Convención no parece haber tomado nota de aquello.
Jorge Burgos V.
Abogado
Rodrigo Pérez de Arce P.
Subdirector de Desarrollo IES