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Cartas
Miércoles 06 de abril de 2022
Consejo de Alta Dirección Pública
Señor Director:
Diversas normas que se están proponiendo para la nueva Constitución Política contemplan la participación del Consejo de Alta Dirección Pública en la designación de las autoridades de diversos órganos constitucionales de la República; Consejo de la Justicia, Consejo del Ministerio Público, consejeros del Banco Central, integrantes de la Corte Constitucional, y probablemente vendrán otras, como por ejemplo para la Contraloría General de la República.
La función de este órgano no será ya únicamente intervenir en el nombramiento de altos cargos de la Administración del Estado. Tendrá decisiva injerencia en la conformación y funcionamiento de la organización constitucional del Estado, siendo quizás incluso tan importante como la Cámara que reemplace al Senado.
Una institución de tal importancia, con las nuevas facultades que se le entregan, debiera ser un órgano de rango constitucional, donde se establezca su composición y normas claras para su funcionamiento y la designación de sus miembros. Yo al menos no he escuchado ninguna propuesta al respecto, y no puedo imaginar que este tema quede entregado únicamente a la ley, que puede determinar por simple mayoría su estatuto, y con ello intervenir en todas las instituciones ya mencionadas, afectando gravemente el régimen democrático del país.
Pedro Pierry Arrau