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Cartas
Martes 22 de marzo de 2022
Coase, Solow y la naturaleza
Señor Director:
En su respuesta a mi columna, Eugenio Rivera plantea acertadamente que estamos frente a un desafío ambiental y climático significativo. Sobre eso no hay dos opiniones. El punto de la columna —y que Rivera no discute— es respecto de los instrumentos para lograrlo.
El principal riesgo de establecer derechos de la naturaleza en la Constitución, solo existentes en Ecuador y en Bolivia (Ley de Derechos de la Madre Tierra), es que se consolide una interpretación estática y rígida del medio ambiente. Al no reconocer que la naturaleza es cambiante o que existe sustitución entre fuentes de capital natural y servicios de la biósfera, se pueden introducir costos económicos y sociales inconmensurables. Las referencias a Coase y Solow son ejemplos de aquello, y en absoluto dejan de lado un rol para el Estado.
Por ello, la pregunta sigue abierta: ¿cuál es el alcance de los derechos de la naturaleza?
Sebastián Claro
Universidad de los Andes