Ambos. Estado liberal y social, puesto que los dos son necesarios y, a la vez, compatibles. Por tanto, no es forzoso tener que optar entre uno y otro, puesto que, además de compatibles, son ellos complementarios: si un Estado liberal es aquel que declara y tutela ciertas libertades (pensamiento, conciencia, religión, expresión, movimiento, reunión, asociación, emprendimiento de iniciativas económicas lícitas), y si Estado social es el que reconoce y garantiza determinados derechos sociales (salud, educación, vivienda, ingresos justos por el trabajo, previsión), el acceso universal a los bienes básicos o primordiales recién mencionados hace posible un ejercicio efectivo de sus libertades por parte de las personas.
Sujetos sin atención sanitaria oportuna y de calidad, o sin educación, o que carecen de una vivienda digna, o sin ingresos justos por su trabajo, o sin acceso a una pensión oportuna y justa, ¿qué posibilidad tienen en la práctica de ejercer a cabalidad las libertades de que son titulares?
En consecuencia, seguiremos teniendo en Chile un Estado democrático, puesto que nuestra forma de gobierno continuará siendo esa, no más que apuntalada en el futuro por modalidades de democracia directa que reforzarán el débil carácter participativo que tiene hoy nuestra democracia representativa. Ese Estado será de Derecho, o sea, regulado por este, con división, limitación y coordinación de poderes, y regido por disposiciones abstractas y generales de aplicación común (leyes) y no por decretos de alcances particulares.
El Estado, al ser democrático, y atendido el compromiso que la democracia moderna asume con las libertades, será también liberal. Y será igualmente social, puesto que, sin sacrificar las libertades, adoptará un similar compromiso con esa categoría de derechos fundamentales que se conocen con el nombre de derechos sociales. Estado democrático, liberal y social de Derecho, entonces, o, simplemente, por lo apuntado en este párrafo, “Estado social y democrático de Derecho”.
El Estado liberal nació por oposición a los Estados monárquicos absolutistas y estableció límites al poder, primero en favor de nobles y señores y, más tarde, en el de todos, consiguiendo de ese modo universalizar libertades cuya titularidad había correspondido inicialmente solo a determinados sectores o segmentos de la sociedad. ¿A qué debió su inspiración el Estado liberal? Al liberalismo, y enhorabuena entonces por esta doctrina.
El Estado democrático fue más allá: no solo confirmó los límites al poder, dividiéndolo y sometiéndolo a controles, sino que contempló participación en la génesis y ejercicio del poder. ¿Y a qué debió su inspiración este atrevimiento? A la teoría democrática de gobierno, de manera que bien por esta última.
Y el Estado social, no contento con lo anterior, o sea, avanzando más allá de la limitación y participación en el poder, exigió determinadas prestaciones a cualquiera que lo ejerza, prestaciones de bienes sin los cuales nadie puede llevar una vida digna y autónoma. ¿Doctrinas que alentaron el Estado social? El socialismo humanista y el socialcristianismo, ante las cuales también habría que descubrirse.
Así es como evolucionaron las cosas, si bien lentamente y no siempre de manera pacífica, pero están ya asentadas, y Estados como Alemania y España, que se reconocen como Estados sociales y democráticos de Derecho, no han suprimido las libertades ni tampoco quebrado por eso. Cuestan dinero los derechos sociales, es cierto, pero lo mismo ocurre con la protección de los derechos civiles y los derechos políticos. ¿O acaso para los primeros no hay que financiar un Poder Judicial, fiscales, defensores públicos, policías, cárceles y gendarmes, y para los segundos, campañas electorales, partidos políticos, y servicios y tribunales electorales?
Finalmente, Estado liberal no es lo mismo que Estado neoliberal, mientras que Estado social no es igual a aquellos que se hicieron llamar “socialismos reales”. Tampoco un Estado democrático deja de ser tal, todo lo contrario, por admitir modalidades de democracia directa que acompañen a la democracia representativa.
Hacia allá vamos, al parecer sin dudas, pero hay que hacerlo bien. Bien a nivel de la Constitución, pero igualmente bien desde el punto de vista de las futuras políticas públicas, de las leyes del mañana, de las resoluciones que dicte más adelante la administración central, regional y comunal del país, y también desde la perspectiva de los tribunales y fallos judiciales.
Agustín Squella