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Cartas
Viernes 11 de marzo de 2022
Silala y nueva Constitución
Señor Director:
La Corte Internacional de Justicia de La Haya ha fijado las audiencias para los alegatos del caso Silala, el que, como es de público conocimiento, dice relación con el cauce de un río internacional, en una región cuyo territorio se asocia a pueblos y culturas originarias.
Ahora bien, el nuevo artículo 7°, aprobado por el pleno de la Convención Constitucional, señala en su oración final: “Los pueblos y naciones preexistentes al Estado deberán ser consultados y otorgar el consentimiento libre, previo e informado en aquellas materias o asuntos que les afecten en sus derechos reconocidos en esta Constitución”. A ello se añade la autonomía política, administrativa y financiera de las entidades territoriales, consagrada en el artículo 5°.
Si estas normas entraren en vigencia, no se ve cómo el equipo jurídico chileno podrá hacer una defensa diligente, coordinada y expedita. Parece ser solo un botón de muestra más de la falta de previsión respecto de las consecuencias de los acuerdos del pleno constituyente.
Ian Henríquez Herrera
Profesor e investigador
Facultad de Derecho U. Finis Terrae