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Jueves 09 de diciembre de 2021
Oficina del fiscal de Corte Penal Internacional desestima acusación por supuestos delitos de lesa humanidad contra el Presidente Piñera
Se le notificó a Chile, según comunicó ayer la Cancillería, que una vez evaluada la información se “descarta fundadamente que existan antecedentes sobre situaciones que puedan ser consideradas delitos sobre los que esta Corte Penal Internacional tenga jurisdicción”.
La Oficina del Fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI) notificó ayer al Estado de Chile su decisión de no iniciar un examen preliminar en torno a las denuncias interpuestas a raíz de los hechos enmarcados en el denominado estallido de octubre de 2019.
Así lo comunicó el Ministerio de Relaciones Exteriores, desde donde aseguraron, a través de un comunicado, que “la Oficina del Fiscal, después de evaluar todos los antecedentes disponibles, descarta fundadamente que existan antecedentes sobre situaciones que puedan ser consideradas delitos sobre los que la Corte Penal Internacional tenga jurisdicción, concluyendo que las situaciones que le han sido comunicadas carecen del mérito necesario para abrir un examen preliminar de las mismas”.
Y agregaron: “Sin perjuicio de lo anterior, el Estado de Chile reafirma su compromiso con la búsqueda de la justicia y con el trabajo que realizan la Oficina del Fiscal y la Corte Penal Internacional, y seguirá cooperando en todo lo que sea necesario y le sea requerido”.
La resolución del organismo internacional se da luego de que en abril de este año, la ONG Comisión Chilena de DD.HH., el exjuez Baltasar Garzón y la organización italiana CRED presentaran al fiscal general de la CPI una solicitud pidiendo que se inicie la investigación contra el Estado de Chile, el Presidente Piñera, los exministros del Interior Andrés Chadwick y Gonzalo Blumel; el exsubsecretario del Interior Rodrigo Ubilla; el subsecretario del Interior, Juan Francisco Galli; los exministros de Defensa Alberto Espina y Mario Desbordes; el ex general director de Carabineros Mario Rozas y el actual general director de Carabineros, Ricardo Yáñez.
Dentro de los argumentos de la parte acusadora, se expuso que la Corte Internacional debe interferir, producto de que los casos ocurridos en el país durante el estallido eran calificados “fraudulentamente como delitos comunes” en Chile, con la finalidad de “sustraerlos de la jurisdicción de la Corte Penal Internacional” y para preparar las condiciones que “permitirían favorecer su posterior impunidad con la eventual aplicación de las reglas de la prescripción, o mediante la aplicación de posibles indultos, amnistías o leyes de punto final”.
En esa línea, se solicitaba someter a juicio al Presidente Piñera, junto a los supuestos responsables de presuntos “crímenes de lesa humanidad”, para “poner de manifiesto la impunidad que se está viviendo en Chile”, según declaró el exjuez Garzón en un video dirigido a Ciper Chile.
Asimismo, señalaron en su momento que se tomó en cuenta para la acción lo que estiman es “el grave incumplimiento del Gobierno a las recomendaciones que la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos” formulara, en diciembre de 2019.
Una vez hecha pública la acusación, esta tuvo repercusiones incluso en medios extranjeros, que se hicieron eco de las declaraciones de Carlos Margotta, presidente de la ONG Comisión Chilena de Derechos Humanos, quien expresó que los presuntos crímenes de lesa humanidad imputados al mandatario eran “de manera generalizada y sistemática”.
La Moneda
Desde el Gobierno se hizo un seguimiento al caso, y fuentes que lo analizaron aseveran que se puso a disposición de la Oficina del Fiscal de la CPI una serie de antecedentes sobre los hechos ocurridos a partir del 18 de octubre de 2019, entre los que se cuentan las medidas adoptadas por el Gobierno, Carabineros e instituciones independientes, como el Instituto Nacional de Derechos Humanos, y las investigaciones iniciadas por el Ministerio Público y las propias policías.
Muchos de estos antecedentes, sostienen fuentes diplomáticas, constan también en los informes que prepara periódicamente la Subsecretaría de DD.HH. a partir de las recomendaciones formuladas por Human Rights Watch, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Acnudh. Dichos antecedentes fueron entregados a través de la embajada chilena en La Haya.
Asimismo, desde el Ejecutivo aseguraron que esta decisión es un “antecedente relevante”, ya que reconoce “el funcionamiento de la institucionalidad en Chile”. De todas formas, reconocen que la decisión de la corte no es equivalente a una sentencia.
El tribunal internacional
La Corte Penal Internacional es un organismo punitivo de última instancia con sede en La Haya, cuyo objetivo principal es el enjuiciamiento de crímenes como el genocidio, los crímenes de guerra y los delitos de lesa humanidad. Al ser un tribunal de última instancia, sus resoluciones no pueden ser apeladas o revertidas en algún organismo superior.
Previamente, en el segundo aniversario del denominado estallido se registraron algunas manifestaciones por parte de un grupo de ciudadanos chilenos residentes en Países Bajos, frente a las oficinas de la Corte Penal Internacional, llamando a que se hiciera una investigación contra el mandatario.