Chile ha ido tratando de delimitar la plataforma continental mediante mediciones y cartas marítimas, pero solo en diciembre de 2020 presentó a la Comisión de Límites de la Plataforma Continental de la ONU un estudio de la plataforma continental extendida de la Isla de Rapa Nui y la isla Motu Motiro Hiva (conocida como Salas y Gómez).
La Convención de Derecho del Mar concede a los Estados ribereños jurisdicción sobre el lecho y el subsuelo de la plataforma continental hasta las 200 millas desde la línea de bases o hasta las 350 millas si demuestran que la plataforma sigue más allá de las 200 millas. Se contempla que los Estados que hagan la delimitación de la plataforma continental extendida la presenten a la Comisión de Límites de la Plataforma Continental, la que puede ayudar con recomendaciones al Estado solicitante.
Nuestro Código Civil contiene una delimitación del mar territorial y adyacente, y por ley Nº 18.565 se incorporó la zona económica exclusiva en 200 millas, desde la línea de bases y la plataforma continental. La plataforma continental no se refiere a las aguas sino al lecho y subsuelo del mar en cuanto prolongación del continente. Pero que esté en el Código Civil y en otras leyes no es suficiente si no se delimita con estudios y comprobaciones técnicas que efectivamente existe esa plataforma continental, sobre todo si se trata de la extendida.
Frente a los intentos de Argentina de establecer por ley las áreas de la plataforma continental que se proyectan al sur del Cabo de Hornos, hace unos días el Presidente de la República firmó un decreto supremo que modifica uno anterior del Presidente Aylwin para señalar el área que abarca la plataforma continental en la delimitación de las aguas jurisdiccionales desde punta Puga a las Islas Diego Ramírez, mediante actualización de la Carta Náutica Nº 8 del SHOA. Hay que aclarar que no se trata de la plataforma continental extendida, sino de aquella que se reconoce a países con plataforma corta, es decir, la de 200 millas más allá del mar territorial, que se conoce como plataforma continental de derecho.
Rápidamente, el Ministerio de Relaciones Exteriores argentino emitió un comunicado para indicar que el decreto chileno no se condice con el Tratado de Paz y Amistad de 1984 y alegar que la ley argentina que fijó la delimitación marítima fue revisada y aprobada por la Comisión de Límites de la Plataforma Continental, sin que Chile objetara tal aprobación. Se denuncia que “Chile pretende apropiarse de una parte de la plataforma continental argentina y de una extensa área de los fondos marinos y oceánicos, espacio marítimo que forma parte del Patrimonio Común de la Humanidad”. Nuestro canciller, Andrés Allamand, respondió que estamos ante una política de Estado que viene al menos desde tres gobiernos anteriores y que “nadie se apropia de lo que le pertenece”. Llamó a solucionar la diferencia mediante el diálogo y la negociación bilateral.
No es grato que surja una nueva controversia limítrofe entre países vecinos, pero que la Comisión de Límites haya dado su conformidad a la propuesta argentina no afecta a Chile, máxime si el Estado chileno hizo públicas notas diplomáticas advirtiendo que se trataba de algo que no le era oponible. La misma Convención dispone que lo señalado no prejuzga la cuestión de la delimitación de la plataforma continental entre Estados con costas adyacentes o situadas frente a frente, disputas que deben resolverse por acuerdo o instancias jurisdiccionales internacionales. Por otra parte, Chile no reclama la plataforma continental extendida sino la jurídica, que llega a las 200 millas y que no necesita delimitación, si bien conviene hacerla.
Debe agradecerse que el Presidente de la República y sus ministros de Relaciones Exteriores y Defensa, la Dirección Nacional de Fronteras y Límites y la Armada de Chile, incluso en tiempos tan difíciles, estén cumpliendo su misión de defender la soberanía nacional y su proyección en el territorio antártico. Sería importante que esta delimitación de la plataforma continental, tanto la jurídica como la extendida, se acelerara y se completara en un tiempo acotado, porque claramente, Chile ha demorado demasiado en determinar algo que, para un país con vocación oceánica, resulta vital.