La Convención dio por superado el “impasse” Arancibia. Se resolvió que el convencional podría asistir a las audiencias públicas de la subcomisión de marco general de Derechos Humanos, Ambientales y de la Naturaleza, mas no a aquellas de la subcomisión de Verdad Histórica, Reparación y Garantías de no Repetición, pues ahí se produciría el problema de la revictimización (a pesar de que ambas subcomisiones son parte de la comisión provisoria de Derechos Humanos, de la que Arancibia es miembro, cumpliendo los requisitos y procedimientos, y aun cuando, conforme al reglamento provisorio aprobado, cualquier convencional puede participar con derecho a voz de las comisiones creadas y que no integre). Se nos hizo ver que había primado la cordura y que el problema de fondo estaba resuelto.
¿Prueba superada? No.
Y es que los límites impuestos siguen estando vigentes. Que los jueces-convencionales hayan tenido a bien dejar que Arancibia participara de la subcomisión en la que se anotó —como si ello fuera necesario— no es algo para agradecer. El que Arancibia haya eventualmente asentido no remedia el problema de fondo ni los principios transgredidos. En una reciente entrevista radial, y para zanjar el punto, Jaime Bassa señaló que no es pertinente que un grupo de convencionales le ponga límites a otros convencionales. Sin embargo, si no son pertinentes las exclusiones, ¿no hubiera sido esperable que el vicepresidente Bassa promoviera una declaración formal en el pleno (como tantas otras que se han promovido, incluso respecto de hechos ajenos al quehacer de la Convención) para dejar claro que las conductas excluyentes no son aceptables en la Convención, recordar cuáles son los principios democráticos en juego e instar por su respeto?
En la misma línea, y respecto de las audiencias públicas, la referida comisión discutió si determinadas organizaciones de la sociedad civil debían o no ser recibidas, pues, según los jueces-convencionales, eran “negacionistas”. Tras el bullado debate público generado al conocerse siquiera la intención de excluirlas, la cuestión se zanjó a favor de las organizaciones. Se celebró, nuevamente, que primara la cordura. En realidad, el mentado “avance en cordura” no es más que un mínimo democrático que nunca debió haber estado en juego. Demás está decir que el problema de los vetos no está superado. La representante de la organización denominada Federación de Abogados fue interrumpida mientras exponía en la comisión, se la instó a corregir el lenguaje —que molestó a algunos convencionales— y la convencional Royo le señaló que debía respetar los derechos de los delincuentes a manifestarse (todo ello en el contexto de que se exponía sobre los sucesos de violencia, delincuencia y anarquismo tras el 18 de octubre de 2019). Me van a disculpar, pero entre la violación a la libertad de expresión, al debido proceso y esta defensa de los derechos de los delincuentes a manifestarse, ¡quién podrá defendernos!
Asimismo, esta semana se celebró que se respetara, en el marco del proyecto de Reglamento, el quorum de 2/3 para aprobar las normas constitucionales (tras presentarse indicaciones que lo bajaban) ¿Por qué celebramos que la Convención cumpla con la Constitución? ¿No aplica eso de que con su deber no más cumple? Algunos, en la línea de reconocer hazañas, resaltaron que el convencional Atria hubiera respetado mantener el quorum de 2/3 (pues él había sido uno de sus principales críticos, aunque él mismo dijo, conocidos los resultados de las elecciones, que como la derecha no alcanzó el tercio, el quorum se tornaba irrelevante), mientras otros lo fustigaron en redes sociales. Yo me pregunto, ¿y si la derecha hubiera alcanzado el tercio, entonces, ahí sí hubiera sido justificable cuestionar y aprobar -por la Convención, que no tiene facultades para ello- un quorum distinto para acordar las normas constitucionales?
En vez de andar celebrando supuestas decisiones cuerdas —que en realidad revierten aberraciones o son el mínimo esperable—, lo que debiéramos hacer es cuestionarnos cómo en la Convención se corre el cerco de lo posible y el precedente que ello sienta para la discusión de fondo. Todos queremos que este proceso resulte, y entiendo que escojamos alegrarnos cuando vemos que la Convención se apega a derecho, pero en realidad ello es un mínimo exigible y no un motivo para celebraciones extraordinarias. No nos confundamos.