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Cartas
Martes 18 de mayo de 2021
Recordatorio
Señor Director:
Van mis felicitaciones y un breve recordatorio a nuestras autoridades constituyentes recién electas: el artículo 7 de la Constitución dispone lo siguiente:
“Los órganos del Estado actúan válidamente previa investidura regular de sus integrantes, dentro de su competencia y en la forma que prescriba la ley. Ninguna magistratura, ninguna persona ni grupo de personas pueden atribuirse, ni aun a pretexto de circunstancias extraordinarias, otra autoridad o derechos que los que expresamente se les hayan conferido en virtud de la Constitución o las leyes. Todo acto en contravención a este artículo es nulo y originará las responsabilidades y sanciones que la ley señale”.
Andrés Chirgwin