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Editorial
Martes 24 de noviembre de 2020
Requerimiento ante el TC
Más allá de consideraciones políticas, no puede desconocerse la legitimidad de la decisión y la importancia de resolver una situación de grave desorden institucional.
La decisión del Gobierno de recurrir al Tribunal Constitucional (TC) por la moción parlamentaria que reforma la Carta Fundamental para permitir un segundo retiro desde las cuentas de capitalización individual no busca, como podría pensarse, frenar el uso de fondos previsionales en la situación actual. Según han afirmado los ministros Monckeberg y Bellolio, el Ejecutivo no se opone a este segundo retiro y, de hecho, decidió presentar su propia iniciativa para permitirlo, si bien con restricciones. Así, en la práctica, la autoridad ha terminado haciéndose parte del progresivo desmantelamiento del sistema de pensiones que estos sucesivos retiros involucran, aunque probablemente más por debilidad política —dado el desorden que el tema suscita en sus parlamentarios— que por convicción, y procurando acotar el daño que acarrea. Pero, habiendo cedido en este punto, La Moneda ha resuelto concentrar su estrategia en el problema constitucional involucrado, entendiendo que los alcances de este son aún más relevantes.
De este modo, la presentación ante el TC busca zanjar el conflicto de fondo que se ha trabado entre el Ejecutivo y el Congreso, y que amenaza seriamente la gobernabilidad. Este se origina en el mecanismo que han ideado los congresistas para, mediante la introducción de modificaciones transitorias a la Carta Fundamental, eludir las restricciones que ella les impone en materia de iniciativa de ley. En efecto, la Constitución actual es explícita en reservar a la exclusiva iniciativa presidencial la legislación sobre cuestiones de índole previsional o que involucren gasto público, entre otras. Sin embargo, tanto en el caso del primer retiro como en la moción actual, los parlamentarios han buscado salvar esa restricción presentando estas iniciativas como reformas que agregan nuevas disposiciones transitorias al texto vigente, pasando por alto las facultades del Ejecutivo y sin siquiera mencionar sus alcances fiscales. El Gobierno advierte en esta fórmula un abuso de las normas transitorias, cuyo sentido históricamente ha sido el de servir para la adecuación de estatutos jurídicos, teniendo siempre un carácter accesorio respecto del articulado permanente. En este caso, sin embargo, los parlamentarios las estarían usando para alterar lo dispuesto en ese articulado, sin seguir los procedimientos regulares de reforma. Por eso es que La Moneda ha hablado del riesgo de establecer por esta vía Constituciones paralelas y contradictorias entre sí.
En este contexto, la presentación de su propio proyecto por parte del Gobierno apunta a encauzar el debate sobre el retiro de fondos en mecanismos institucionales que no desconozcan abiertamente las facultades presidenciales ni por esa vía comprometan la gobernabilidad. Ello, considerando además que, bajo la dinámica política imperante, la fórmula de las disposiciones transitorias deja la puerta abierta para vulnerar desde el Congreso aspectos medulares del aparataje institucional, cambiando impuestos, aumentando el gasto público sin restricción o introduciendo otras modificaciones. De hecho, diputados ya han presentado proyectos para, mediante reformas constitucionales transitorias, establecer un tributo a los “super-ricos” y hasta para postergar el pago de las patentes comerciales.
La presentación del requerimiento ha originado reacciones de profundo malestar en la oposición, incluidas amenazas de un “nuevo estallido social”. Se trata de expresiones lamentables. Ciertamente puede cuestionarse el hecho de que solo ahora el Gobierno acuda al TC, no habiéndolo hecho ante el primer retiro; igualmente, cabe advertir el costo político que este paso supone. Ello, sin embargo, no puede llevar a desconocer la legitimidad de la decisión y la importancia de resolver una situación de grave desorden institucional que puede sentar complejos precedentes, incluso relativizando el valor del proceso constitucional que se apronta a iniciar el país.
El vaciamiento del sistema de capitalización individual generará una importante disminución en pensiones para las personas y un aumento relevante en la carga fiscal en las próximas décadas. Como ha sido calificado transversalmente por técnicos de casi todos los sectores, es una muy mala política pública. Pero la crisis institucional derivada de usar el mecanismo de las disposiciones constitucionales transitorias para legislar puede tener consecuencias tal vez aún más graves.