Inconstitucional, por falta de sustento legal, discriminatorio y un atentado en contra de la libertad de las personas es el fallo de la Corte Suprema que legitima la prohibición de fumar en plazas y parques decretada por la ordenanza de la Municipalidad de las Condes. Es además una decisión absurda, repugna a la razón.
Después de este fallo, el municipio —único alcalde y concejo municipal de Chile que adoptan esta y otras boberías por su ordenanza— podrá seguir imponiendo arbitrariamente nuevas prohibiciones y restricciones contrarias a la libertad y autonomía de las personas. Con este fallo se abre la posibilidad de que otros concejos municipales decreten similares ilegalidades y abusos.
Fumar es parte de la libertad de la personalidad, independiente del daño y placer que provoque al fumador, que es libre de asumir sus riesgos y beneficios, sin la tutela municipal.
No hay ley alguna que permita al municipio establecer esa prohibición y a la Corte, legitimarla.
La Ley del Tabaco es precisa en establecer los lugares prohibidos, y en ellos no se contempla a las plazas ni a los parques. Otra vez la Corte Suprema, en la voracidad de asumir jurisdicción, se excede, está legislando y no tiene atribuciones para establecer prohibiciones de esta categoría. Ha transgredido el principio constitucional de la reserva legal y derechos fundamentales contenidos en artículos precisos de la Carta Fundamental.
Cuando se intentó imponer por las municipalidades otras prohibiciones por la vía de las ordenanzas, sin sustento legal, como el horario para el expendio de bebidas alcohólicas, se exigió la dictación de una ley habilitante.
También se atenta contra la igualdad ante la ley, se discrimina sin fundamento legal y racional a los fumadores. Se los penaliza arbitrariamente. Se crea una nueva categoría de ciudadanos en el acceso a bienes nacionales de uso público. Se trata a los fumadores en condiciones inferiores a los animales, a las mascotas, a los perros vagos, que pueden causar más residuos y peligros a la integridad física de las personas.
Suponer que el humo del tabaco al aire libre produce daños ambientales, calentamiento global y el cambio climático, o que perjudica la salud de terceras personas, no tiene base lógica ni científica; es populismo, fanatismo absurdo. Argumentar que las colillas de los cigarrillos ensucian es razonable, pero hay soluciones: disponer de facilidades para el reciclaje y el manejo de residuos. La Municipalidad de Las Condes no invierte significativamente en estas políticas y medios, a diferencia de otras municipalidades mucho más pobres.
Es de lamentar la protección que la Corte Suprema ha prestado a las autoridades de la Municipalidad de Las Condes y peor la discriminación que introduce entre sus vecinos.