A comienzos de año, una mesa técnica de expertos convocada por el Gobierno entregó más de cincuenta propuestas en materia laboral, las que serán parte del debate tanto público como parlamentario. Este anuncio busca reflexionar sobre materias complejas e incómodas, cuyos resultados son de gran importancia para el país.
Hablar de cambios en el mercado laboral es tener conciencia de que se afectará el crecimiento, la productividad de las industrias, la sustentabilidad de las empresas, la felicidad y la satisfacción de los trabajadores. Un tema relevante, si pensamos que estos factores inciden directamente en el desarrollo de una sociedad que aspira a mayores grados de bienestar y equidad.
Uno de los planteamientos surgidos en el último tiempo ha sido la creación de un mecanismo alternativo de indemnización por años de servicio a todo evento, optativo para el trabajador -ya sea por renuncia o despido-, financiado con una cotización mensual a cargo del empleador. Este sistema, que no reemplaza al actual, abre la posibilidad de que sea el trabajador quien decida a qué sistema acogerse. Se suma la característica de que es heredable en caso de muerte, a diferencia del actual.
El sistema de indemnización data del año 1981, y obliga a la empresa que despide a un trabajador a pagarle una compensación que corresponde a una remuneración mensual por año de trabajo, con un máximo de 90 UF y un tope de 11 meses. La modalidad propuesta implica la mitad de la remuneración mensual por año trabajado, con el mismo tope de años, con la ventaja de que el monto queda provisionado a nombre del trabajador.
Existen múltiples teorías sobre la naturaleza jurídica de esta norma. Por eso es inevitable que surja una tensión entre proteger la estabilidad del trabajador o permitir mayor libertad de movimiento, tanto para el empleado, de buscar y aceptar nuevas oportunidades laborales, como para la empresa, de optimizar sus procesos. La mitad de los trabajadores se van de las empresas voluntariamente, por lo que esta medida impediría que lo hagan con las manos vacías. De los trabajadores dependientes, el 73,2% cuenta con contrato indefinido, y de estos únicamente el 7,1% accede a indemnización por años de servicio. La tendencia en cuanto a rotación de personal es que la mayoría de los cambios se realizan en los primeros dos años, y la movilidad tiende a disminuir en los años posteriores, ya que la normativa estimula el despido de los de menor antigüedad, más que el de los menos productivos.
Es una buena noticia que el Estado se encuentre en proceso de reflexión acerca de esta normativa. Lo esperable sería que la oportunidad de elegir el régimen de indemnización a todo evento sea bienvenida, tanto por los trabajadores como por las empresas, dando pie a un mercado laboral más ágil, que aporte a esa sociedad más flexible y más plena con la que soñamos.