Juan Sentido-Común es el anónimo personaje principal de la Fábula de los Cerdos Asados, cuento que en 1959 publicó Gustavo Cirigliano en la revista Cátedra y Vida (Buenos Aires).
La trama: en la antigüedad, el hombre comía carne cruda hasta que, producto de un incendio, descubrió que la carne asada era mucho mejor; entonces comenzaron a quemar los bosques para asar cerdos, a través de una compleja burocracia de personas y entidades que compiten por su cuota de poder, en un entramado de comisiones, servicios, cargos y normas. La propuesta del desconocido Juan fue simplemente asarlos en una parrilla, lo que acarreo el enojo de autoridades y el despido de aquel. Desde entonces dicen que en estas tareas de reforma y mejora de El Sistema (digamos el Estado), falta Sentido-Común.
Es que un aspecto clave del Estado, y su capacidad de funcionamiento efectivo, son las personas. Y no me refiero a aquellas a las que este debe servir, como razón fundamental de su existencia, sino que a quienes forman parte esencial de su capacidad de acción, los funcionarios. Estos han vuelto sobre sí las miradas de sesudas editoriales y de analistas, las que vuelven a proclamar la necesidad de reformar la función pública, luego de dos semanas de odiosa paralización en el contexto de la discusión legal del reajuste y aumento de sus remuneraciones, con todos los costos producidos a la productividad y, lo que es peor, a la dignidad de quienes requieren ser atendidos por aquellos.
Adicionalmente, al pasar, este paro trajo un verdadero
tsunami político, que hizo aparecer el peor de los fantasmas de una sociedad política, la fragilidad del
animus societatis de quienes conforman el conglomerado que nos gobierna.
Puede volver a suceder que después de unos días, donde la discusión se centrará en si hay descuentos, sumarios o compensaciones, la generosa dilución que nos provoca el tiempo que transcurre desde el último paro, nos haga de nuevo olvidar el mensaje que nos gritan estos eventos: es necesario abordar como elemento central de la reforma del Estado el régimen laboral que se necesita con las personas que trabajan en una administración moderna.
Sucede que la Constitución expresa de manera directa que "No podrán declararse en huelga los funcionarios del Estado ni de las municipalidades. Tampoco podrán hacerlo las personas que trabajen en corporaciones o empresas, cualquiera que sea su naturaleza, finalidad o función, que atiendan servicios de utilidad pública o cuya paralización cause grave daño a la salud, a la economía del país, al abastecimiento de la población o a la seguridad nacional". Como la huelga es un hecho jurídico tratado por la ley, lo que los funcionarios públicos llevan a cabo son, simplemente, paros ilegales, y bajo este artificio, pensamos en que no se ha violado la Carta. Es otra máscara que nos ponemos y acomodamos para satisfacción de nuestro ego de cumplimiento del Estado de Derecho.
A estas alturas, realmente resulta insostenible, social e internacionalmente, mantener vigente este despojo que la Carta hace de las modernas relaciones que fomenta el derecho laboral comparado para todo trabajador, sea público o privado. Pero ello no puede importar desatender la circunstancia singular de que quienes sirven en el Estado y para él, ejercen su actividad en un centro monopólico de servicios donde no hay mercado, de modo que no se puede elegir. No tengo otro Registro Civil donde acudir. No tengo otro Instituto Médico Legal donde acudir. No tengo otro Consultorio que me atienda. No existen otras cárceles donde dejar a nuestros detenidos.
Pero suele olvidarse que en el ámbito de los privados, el legislador que abarca esas relaciones -el Código del Trabajo- también se refiere a las limitaciones al ejercicio del derecho a huelga, de donde puede afirmarse que este no es un absoluto en aquel mundo. Bajo la denominación de servicios mínimos y equipos de emergencia, existe el deber para la comisión negociadora sindical, por todo el tiempo que dure la negociación, de proveer el personal que atienda estos servicios mínimos necesarios, para entre otras razones, garantizar la prestación de servicios de utilidad pública, la atención de las necesidades básicas de la población y garantizar la prevención de daños sanitarios y todo ello, bajo la espada de Damocles sindical de contratación externa por parte del empleador.
La paradoja actual es que bajo la vigencia de este Código, que abarca también servicios de utilidad pública, resulta más conveniente reconocer este derecho a la huelga y aplicar las soluciones del derecho común, de lo laboral. Nos habría permitido, dentro del derecho, evitar la acumulación de basuras, apurar y recibir con dignidad los restos de nuestros difuntos, y atender en el tiempo correcto la salud de quienes fueron violentados en sus expectativas. No será el tiempo de que ese estatuto común laboral sea el estatuto de todo trabajador chileno, público o privado, dejando de lado la proclamación constitucional incumplida, que solo devalúa el respeto a la Carta. Arbitrar las especialidades de lo público en ese marco laboral común debe ser la clave de los esfuerzos, antes que seguir imaginando una realidad que hace tiempo no existe.
En fin, como dice la fábula mencionada, Juan Sentido Común se marchó de las reformas de modernización del Estado en Chile. El problema es que se quedó su primo, Juan Ideológico, que tiene mucho más carisma y fanatismo que el sentido común.