Hace unos días este mismo diario informó que los divorcios se han incrementado fuertemente (más de 70.000 el 2015). Siendo Chile un país mayoritariamente católico, es probable que muchos de los que recurren al divorcio hayan estado casados por la Iglesia y se encuentren ahora en una nueva unión, formalizada solo ante la ley civil.
El reciente documento del Papa Francisco sobre la familia, la exhortación apostólica Amoris laetitia , trae buenas nuevas para estas personas, porque viene a promover una actitud de acogida a quienes se encuentran en las así llamadas "situaciones irregulares". Francisco enseña que "nadie puede ser condenado para siempre, porque esa no es la lógica del Evangelio", y, en sintonía con sus predecesores, san Juan Pablo II y Benedicto XVI, expone que los divorciados no deben ser tratados de un modo único, porque sus situaciones personales son diferentes. Es necesario un acompañamiento para que cada uno, según sus propias circunstancias, pueda ir discerniendo los modos más adecuados para insertarse en la vida de la Iglesia.
No han faltado los que al leer este llamado hacia una mayor acogida han supuesto que el Papa habría revocado la norma eclesiástica que invita a los divorciados en nueva unión a que se abstengan de recibir la comunión. Curiosamente, esta conclusión ha sido aplaudida por unos y criticada por otros.
Pensamos que tanto los que festejan como los que se lamentan incurren en error. No vemos cómo la Amoris laetitia pueda ser leída como desahuciando una enseñanza del magisterio eclesiástico que ha sido permanente y unánime, desde la Familiaris consortio de san Juan Pablo II (n. 84), pasando por el canon 915 del Código de Derecho Canónico, hasta llegar a la Sacramentum caritatis de Benedicto XVI (n. 29).
Es cierto que Francisco afirma que los que se encuentran en situación irregular no tienen que sentirse excomulgados e incluso que, a causa de condicionamientos o atenuantes, es posible que en una situación objetiva de pecado, pero no subjetivamente culpable, se pueda vivir en gracia de Dios. Para crecer en la vida de la gracia -indica el Santo Padre-, pueden recibir la ayuda de la Iglesia, y en nota a pie de página -la ya famosa nota 351- apunta: "En ciertos casos, podría ser también la ayuda de los sacramentos...". Aquí se cree ver un cambio en la enseñanza magisterial consolidada por décadas: ¡en una nota a pie de página! Se trata de algo inverosímil, porque va contra el criterio de totalidad con el que han de interpretarse los textos del magisterio de la Iglesia. Lo que el Papa ha querido decir es que "en ciertos casos", ya señalados por el mismo magisterio, los divorciados en nueva unión podrían recibir la comunión, esto es, cuando el divorciado y la persona con la que ahora vive se comprometen a guardar continencia sexual, cuando fallezca la persona con la cual se había estado casado o si dicho matrimonio es declarado nulo por los tribunales eclesiásticos.
Pero, fuera de estos casos, la limitación en el acceso a la comunión no puede entenderse como castigo, ni menos como pena canónica de excomunión. Es solo una prevención de la Iglesia que siente la necesidad de no ocultar que estas personas, quizás sin culpa de su parte, viven una situación que objetivamente contradice el significado del sacramento de la Eucaristía y el carácter indisoluble de todo matrimonio.
Aun así, la Iglesia no quiere estigmatizar a quienes se encuentran en una situación familiar irregular, ni menos marginarlos como réprobos. Ahora bajo la guía de Francisco deberá articular una pastoral renovada de acogida e inclusión, para que estas personas "puedan vivir y madurar como miembros vivos de la Iglesia, sintiéndola como una madre que les acoge siempre, los cuida con afecto y los anima en el camino de la vida y del Evangelio". Sin duda, un hermoso desafío para todos quienes componemos la Iglesia Católica en el mundo y en Chile.