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Cartas
Sábado 19 de abril de 2014
Constitución y deliberación pública
Señor Director:
En los últimos días hemos asistido a un debate público sobre las bondades y problemas de la reforma tributaria impulsada por el Gobierno. Esta polémica ha estado marcada por el análisis del impacto de las modificaciones propuestas sobre el empleo y el crecimiento económico, en cuanto pudieran generar desincentivos a la inversión privada. Además habría cuestionamientos constitucionales al proyecto de ley sobre la materia con el argumento de que basta un "simple repaso" de las normas de la Constitución para notar que se afectarían derechos constitucionales. Se ha señalado, con notable liviandad, que se infringirían el principio de legalidad de los tributos, la libertad de trabajo, el derecho a la intimidad, al debido proceso y, como no, el derecho de propiedad.
Sorprende que a partir de disposiciones abstractas y de escasa densidad normativa -como son las normas constitucionales- se enuncien lecturas unívocas y excluyentes pues, según estos autores, la Constitución contendría textos claros y precisos que imposibilitarían estos cambios y restringirían la deliberación de estas materias. Todo lo cual es, por cierto, falso, pues las disposiciones constitucionales están enunciadas como principios y normas abiertas que permiten distintas lecturas y cuyo contenido corresponde definir al legislador democráticamente elegido (como bien ha planteado la doctrina constitucional moderna). Son mandatos que buscan permitir que las definiciones más específicas en el diseño de las políticas públicas legislativas se discutan en el Congreso.
Es cierto que el legislador tiene límites, pero estos son bastante más amplios que los proclamados usualmente por la doctrina tradicional chilena que, escudándose en una interpretación estricta, le atribuyen a la Constitución significados que, en rigor, no establece. Y esto no solo se constata de la lectura de la doctrina y jurisprudencia actual, sino también de los fallos del Tribunal Constitucional. Dar una lectura extremadamente neoliberal a la Constitución solo lleva a petrificar y naturalizar un modelo político y económico claramente en crisis, dando un portazo a las demandas ciudadanas y haciendo a las elecciones y la deliberación política instrumentos intrascendentes para la vida social.
Toda esta discusión, finalmente, sirve para develar la relevancia de la Constitución en la vida política de un país. Pese a la majadera afirmación de algunos de que el cambio constitucional interesa solo a la clase política y que poco impacto tiene en la vida de los chilenos, vemos que el texto constitucional se invoca precisamente, por esas mismas voces, como un límite a reformas sociales necesarias para hacer efectivos los derechos sociales que esa mayoría reclama.
Juan Carlos Ferrada
Jaime Bassa
Luis Villavicencio
Christian Viera
Alejandra Zúñiga
Universidad de Valparaíso