Tema central: Derechos sociales, ¿utopía o realidad?
DÍAZ DE VALDÉS JULIÁ, JOSÉ MANUEL: Reflexiones acerca de la sentencia del Tribunal Constitucional sobre la Ley de Aborto.
Resumen: Se analiza de manera crítica la sentencia que declaró la constitucionalidad del proyecto de ley de aborto. Luego de sintetizar el fallo, se discuten algunas dificultades procesales, tales como la falta de una mayoría clara tras la ratio decidendi, el valor de las prevenciones y el tratamiento de los precedentes. Posteriormente se examina el fondo, destacando la innecesaria severidad adoptada en relación al estatuto constitucional del no nacido, así como el peculiar uso de la proporcionalidad. Por último, se discute el impacto del fallo en el eventual surgimiento de un derecho fundamental al aborto y en la aceptación de la discriminación genética.
NAVARRO BELTRÁN, ENRIQUE: Protección constitucional de los derechos sociales en Chile.
Resumen: En el presente artículo se analiza la evolución del reconocimiento constitucional de los derechos sociales en Chile y de su garantía indirecta, a través del recurso de protección, ya sea por actos de particulares o de la administración; a la vez que los principales pronunciamientos efectuados por el Tribunal Constitucional en relación a preceptos legales que han sido controvertidos por vulnerar dichos derechos, particularmente, en los últimos diez años.
ZALDÍVAR LARRAÍN, MARÍA JOSÉ Y ROMERO WERTH, ANDRÉS: La reforma previsional, más allá del 5%.
Resumen: En este trabajo abordamos algunos de los temas considerados en la contingencia previsional chilena reciente que no han sido objeto de la discusión principal, pero que, no obstante, tienen el potencial de convertirse en nudos o avances de gran relevancia en la misma. La incorporación obligatoria de los trabajadores independientes al sistema de pensiones y al resto de la seguridad social es uno de los grandes desafíos de la reforma, el cual enfrenta la complejidad de los intereses del Estado en cuanto empleador de muchos de ellos. En igual sentido, la reformulación del Ahorro Previsional Voluntario Colectivo, el gran fracaso de 2008, da esperanzas de incorporar efectivamente un elemento común en el Derecho extranjero y escasamente utilizado en Chile. Los avances en los procedimientos de cobranza son una de las propuestas más novedosas, con el potencial de generar una importante mejora si son de manera correcta implementados, u otro gran fracaso si no lo son. Por último, la reforma a los sistemas previsionales de las Fuerzas Armadas y de Orden presenta el desafío de compatibilizar tales regímenes con el general sustituyendo los incentivos laborales que el esquema actual genera en beneficio del Estado.
MOHOR ABUAUAD, SALVADOR: Algunas reflexiones sobre el principio de subsidiariedad como fundamento esencial de una organización política humanizada y su relación con los derechos sociales.
Resumen: Al momento de determinar la organización política y jurídica de una sociedad, se requiere la adopción de una mirada, de carácter filosófico, que sirva de base para resolver las relaciones de interdependencia existentes entre las libertades y los derechos sociales; lo que conlleva a resolver si se trata de categorías de derechos antagónicas o si, en realidad, se trata de las diferentes caras de una misma moneda.
MONTT RETAMALES, MARÍA EUGENIA: La seguridad social y los sistemas de pensiones. Las nuevas herramientas de participación ciudadana.
Resumen: Teniendo presente el tema central de esta edición de la revista Actualidad Jurídica, resulta procedente la incorporación de una materia que tiene una íntima relación con los derechos sociales de las personas y, en especial, lo referente a la institucionalización de las prestaciones que les permiten satisfacer todas las necesidades que se generan en los diferentes ámbitos de la vida y del quehacer ciudadano. Para cumplir con este objetivo, y no sin antes recordar el sustento básico de esta materia, se entrega una visión general del antiguo sistema de pensiones, por las razones que se indican, y del nuevo sistema previsional, los aspectos esenciales que deben conocerse para poder ejercer las acciones y derechos que del mismo emanan. Finalmente, es imprescindible analizar las herramientas que a este último han sido incorporadas, con el objetivo que los beneficiarios tengan un acceso directo y efectivo a las prestaciones que son consecuencias de las modificaciones introducidas al sistema, a partir de la dictación de la Ley Nº 20.255 de 2008 y mediante dichas herramientas, ejercer el derecho de opinión y participación.
GONZÁLEZ TUGA, JUAN ANDRÉS: Breve análisis de la tradición constitucional en el contexto del reconocimiento de los derechos sociales. Problemas a su formulación
Resumen: El presente texto sistematiza y resume distintas tradiciones constitucionales con el objetivo de confrontar sus postulados con el reconocimiento de nuevos derechos, en especial, de los derechos sociales. El análisis se inicia con el surgimiento de las tres tradiciones clásicas del constitucionalismo: la inglesa, la americana y la francesa. Luego se exponen los hechos más sustanciales de la tradición alemana de posguerra. El texto concluye con la irrupción de los derechos sociales como nueva tradición del Derecho Constitucional.
MAYORGA LORCA, ROBERTO: Derechos sociales: reconocimiento, garantización y naturaleza jurídica.
Resumen: En el presente trabajo intentamos comparar el reconocimiento universal de los derechos económicos, sociales y culturales con las formas posibles de su plena garantización y, a partir de lo anterior, la naturaleza jurídica que poseen. Finalizamos efectuando reflexiones sobre el debate público que se ha instalado en el tema, para sostener que estos derechos, comúnmente denominados derechos sociales, no son derechos a la igualdad, sino derechos a un nivel de vida digno.
RUAY SÁEZ, FRANCISCO: Huelga y utopía. De la reflexión política a la reflexión jurídica.
Resumen: En el presente artículo, pretendemos reconocer la relación existente entre los conceptos de huelga y utopía. Para cumplir dicho objetivo, en la primera parte de la investigación esclareceremos la posibilidad de relación entre huelga y utopía desde un punto de vista ideológico político, como instancia prejurídica de análisis. En la segunda parte, analizaremos la posibilidad de reconocimiento de un carácter utópico de la huelga como derecho, y en específico, de la huelga comprendida como un derecho fundamental. Finalmente, analizaremos un fallo reciente pronunciado por la Corte de Apelaciones de Santiago que permitirá desarrollar lo expuesto en un caso concreto.
Estudios y ensayos
GONZÁLEZ B., NATALIA: La cultura de integridad corporativa: un elemento esencial de la estrategia de sostenibilidad empresarial.
Resumen: La sostenibilidad, como estrategia empresarial, combina virtuosamente una serie de factores con miras a desarrollar, posiblemente en diversas etapas, un modelo de negocios sustentable, construido desde la profunda convicción de que la integridad, la ética y el cumplimiento normativo constituyen una oportunidad y no una carga en la actividad empresarial. Instalar una cultura de integridad corporativa requiere de un esfuerzo colectivo –que debe ser originado, promovido y apoyado, en todo momento, por la alta administración de una empresa– para que todos los colaboradores de una empresa se comprometen a hacer las cosas bien; a involucrar en el proceso de toma de decisiones consideraciones de integridad y de cumplimiento; a elaborar productos y ofrecer servicios bajo altos estándares de calidad y en cumplimiento con las regulaciones aplicables; a mantener un trato respetuoso y adecuado con los colaboradores, contrapartes, proveedores, consumidores, clientes, competidores, entre otros, todo ello con un fuerte sentido de responsabilidad hacia la comunidad en la que la empresa se desenvuelve. De esta manera, se construye un ethos que permitirá mejorar las relaciones entre los miembros de la empresa, y entre esta y su entorno y con los grupos de interés; las confianzas internas; la evaluación y control de riesgos, y en el largo plazo, un mejor rendimiento económico; todo ello, al tiempo que se da propósito y se releva el importante que cumplen las empresas en el desarrollo de una sociedad.
CAMPUSANO DROGUETT, RAÚL Y ACEVEDO ESPINOLA, LUIS HERNÁN: Inclusión de delitos ambientales en el Estatuto de Roma.
Resumen: En el presente texto buscaremos defender la tesis de la inclusión restringida de delitos medioambientales como crímenes de competencia de la Corte Penal Internacional. Para ello comenzaremos con algunos comentarios generales respecto de la posibilidad de incluir nuevos delitos en el Estatuto de Roma y de la regulación internacional del ambiente. Seguido de lo anterior, contrastaremos esta idea con el principio de lesividad atendiendo, particularmente, al tipo de delitos que son de competencia de la Corte, comentaremos los aspectos de la faz subjetiva o la culpabilidad y algunos aspectos en relación con quienes serían los sujetos activos del delito, y con la posibilidad de inclusión de la persona jurídica. Todo ello se hará para fundamentar que la inclusión restringida de este tipo de delitos no provocaría un quiebre del sistema penal internacional. Por último, nos detendremos en dilucidar si correspondería tratarlo como un delito autónomo o bien como una conducta específica dentro de otro crimen ya establecido, para finalizar con algunas conclusiones.
PFEFFER BERGER, EMILIO: La moderación judicial de la cláusula penal y las multas que aplica la Administración a raíz del contrato administrativo.
Resumen: En primer lugar, se examina la naturaleza jurídica de las multas impuestas por la Administración dentro de la ejecución de un contrato administrativo. En segundo lugar, se discute acerca de la ejecución por parte de la Administración de las multas sin un proceso judicial previo, de la posibilidad de revisar judicialmente la cláusula penal y los mecanismos de moderación judicial que existen en caso de una desproporción de las multas. Se concluirá que existe la necesidad de establecer medios claros y eficientes para la revisión de la aplicación de multas por parte de la Administración, las cuales muchas veces son desproporcionadas.
DÍAZ DE VALDÉS HAASE, MACARENA: Concepto y normativa aplicable a los servicios de trabajos aéreos en chile. Análisis a partir del concepto de transporte aéreo de pasajeros.
Resumen: El trabajo analiza el concepto, naturaleza y normativa aplicable a los trabajos aéreos remunerados, servicios aéreos especializados distintos al transporte. Los servicios de trabajos aéreos remunerados, a diferencia del transporte aéreo, tienen una regulación precaria, lo que hace difícil determinar las normas y el régimen de responsabilidad que les resulta aplicable, cuestión que adquiere relevancia en aquellos casos en los que una persona que no tiene vínculo de subordinación y dependencia con el explotador sufre lesiones o muerte a bordo de la aeronave durante la realización de alguno de estos trabajos.
MUSSO ARRATIA, BENJAMÍN: De las mediaciones por daños en salud.
Resumen: Este trabajo tiene por objetivo analizar el régimen de mediaciones por daños en salud establecido por la Ley Nº 19.966, estudiando sus principios, características y procedimiento, y haciendo un muy breve comentario respecto a la constitucionalidad de dicho procedimiento, con el propósito de contribuir al conocimiento de este.
BÉCAR LABRAÑA, EMILIO JOSÉ: Los recursos procesales en la reforma procesal civil y el impacto que significan en el papel de los tribunales superiores de justicia en Chile. En especial, a propósito de los recursos de apelación y extraordinario.
Resumen: El presente trabajo discute los efectos positivos y negativos que la reforma proyectada por el nuevo Código Procesal Civil de Chile en materia de recursos procesales, actualmente en discusión en el Congreso Nacional, podría significar en el papel que desempeñan los Tribunales Superiores de Justicia. El trabajo comienza con una descripción de los recursos procesales consagrados en el Código de Procedimiento Civil, a partir de los cuales se procede a sindicar las funciones que le corresponden a los Tribunales llamados a conocer de estos. Sigue luego con la exposición de aquellos recursos procesales propuestos en el proyecto de ley de nuevo Código Procesal Civil, con indicación de las principales diferencias que se presentan entre estos estatutos. Se concluye con una mirada en perspectiva hacia las principales dificultades que se irán produciendo del tenor de la reforma.
OBERG YÁÑEZ, HÉCTOR: La Epikie = Ettieikeia.
Resumen: Los alcances u observaciones que se anotan en este texto sobre la epikie, o epiqueya, o epikeia solo tratan de buscar un amparo legal actual a una muy antigua regla de hermenéutica, que fuera ya conocida por Aristóteles, Platón y que revivió posteriormente con Alberto Magno, Tomás de Aquino, Francisco Suárez, entre otros, hasta llegar a nuestra época transformada en la equidad, posibilitando a la Corte Suprema asilarse en ella y contrariar un claro precepto normativo del Código Civil, permitiendo de esa forma llevar a cabo una justicia adecuada a las circunstancias dadas.
Proyectos de ley en discusión
ORPIS JOUANNE, SANTIAGO: Temas pendientes en el proyecto de ley que moderniza la legislación bancaria.
Resumen: El proyecto de ley que Moderniza la Legislación Bancaria (Boletín No 11269-05) supone el mayor cambio a las normas que regulan esta industriaen los últimos treinta años. Si bien se hace cargo correctamente de actualizar las normas de capital y liquidez de los bancos a los estándares internacionales y reformula la institucionalidad supervisora y reguladora, consolidándola junto al sector de valores y seguros en la Comisión para el Mercado Financiero, podría mejorar sustancialmente definiendo mejor el perímetro regulatorio de esta agencia y otorgándole más herramientas de resolución bancaria, como mecanismos para prevenir y contener mejor una futura crisis financiera.
Comentarios de jurisprudencia
RABAT CELIS, FERNANDO JOSÉ: Una nueva mirada jurisprudencial al artículo 2331 del Código Civil. Comentario de una sentencia de la Excma. Corte Suprema, autos rol N° 65.403-2016, caratulados “Loyola Villalobos Juan Ignacio con Empresa El Mercurio S.A.P.”
KORM AGUSTI, ANÍBAL Y GARCÍA MEKIS, BENJAMÍN: Sobre la forma en que deben promoverse los recursos de casación en la forma y de apelación en contra de una sentencia definitiva de primera instancia; una reciente sentencia de la Excma. Corte Suprema que subsidia la falta de lógica.
Resumen: El presente comentario examina un reciente fallo del Máximo Tribunal que efectúa un ejercicio de interpretación de aquellos artículos del Código de Procedimiento Civil que regulan las exigencias sobre la forma en que deben intentarse, conjuntamente, los recursos de casación en la forma y de apelación en contra de una sentencia definitiva de primera instancia y que concluye que ambos medios de impugnación no deben, necesariamente, interponerse uno (el de apelación) en subsidio del otro (de casación en la forma). Concluimos que tal aproximación es errada puesto, que no solo desconoce el tenor literal de ciertos preceptos legales sino, también, el sentido y la lógica intrínseca que importa el orden en que deben ser promovidos ambos medios de impugnación cuando se deducen conjuntamente.
Libros, resúmenes y recensiones
Índice Revista Derecho Público Iberoamericano, Universidad del Desarrollo, N° 11, octubre de 2017.
Índice revista Ius Publicum, Universidad Santo Tomás, Nº 39 de 2017.
Ponencia seleccionada del IV Congreso Nacional de Ayudantes de Derecho
WARNIER READI, MARÍA ISABEL: Acerca del pacta sunt servanda, la buena fe, la interpretación contractual y su relación con la teoría de los actos propios.
Resumen: La fuerza obligatoria del contrato obliga a las partes contratantes a respetar el pacto, confiriéndole, cuando ha sido válidamente celebrado, el carácter de una ley. Además, las partes contratantes están obligadas a ejecutar el contrato de buena fe y acatar, sin perjuicio de lo pactado, todo aquello que emane de la naturaleza de la obligación o que por la ley o la costumbre le pertenecen. Y, si en la ejecución práctica del contrato, en tanto regla de interpretación auténtica del mismo, los contratantes actuaron de una determinada manera, no pueden contrariar su conducta y asilarse en el pacto para justificar la contradicción. Ello atenta contra sus propios actos y el principio de la buena fe.