El Mercurio - Legal
Versión para imprimir El Mercurio.com
.
Legal | Noticias y reportajes | Noticias y Reportajes | Artículo 2 de 3
Corte de Apelaciones de Valparaíso rechaza recursos por contaminación en Quintero y Puchuncaví
A juicio del tribunal de alzada, aunque en fallo dividido, no es posible darle curso a estas reclamaciones contra el Estado, organismos públicos y empresas al no especificarse el agente generador del daño, así como porque la acción de protección, si bien es la vía idónea ante situaciones de emergencia, no lo es para un contexto general o histórico de crisis ambiental como el vivido en la zona.
Martes, 19 de febrero de 2019 a las 18:55 | Actualizado 18:55
A.Z.C.
Por no haberse especificado el agente generador del daño, así como por considerar que el recurso de protección solo puede abarcar las situaciones de emergencia y no el contexto general o histórico de crisis ambiental, la Corte de Apelaciones de Valparaíso —aunque en fallo dividido (rol 7266-2018 y acumuladas)— rechazó las acciones interpuestas contra el Estado, organismos públicos y empresas por su eventual responsabilidad en la contaminación que afecta a las comunas de Quintero y Puchuncaví.

A juicio de la Tercera Sala del tribunal de alzada, se presentó un reclamo, además de contra numerosas compañías, contra el Estado de Chile, “lo que es en sí mismo motivo para desecharlo, porque este no es un tribunal internacional, sino parte del mismo Estado, de suerte tal que se requería que se especificara qué órgano u órganos públicos quedaban imputados como autores de alguna concreta acción u omisión legal”, dice y agrega: “No solo no se dice qué instituciones públicas están imputadas, sino que tampoco se dice qué acciones u omisiones se atribuyen, ni qué medidas de emergencia se solicitan”.

Junto con eso, el fallo señala que estas acciones también estaban dirigidas contra las municipalidades de Puchuncaví y Quintero, corporaciones que, para los ministros, “ninguna incidencia pueden tener en la producción de la crisis ni tampoco se sabe qué omisiones concretas se les atribuye que puedan tener incidencia en las emergencias ambientales de agosto y septiembre de 2018, o siquiera en el cuadro general de contaminación que afecta a las dos comunas”.

Respecto de algunas de las peticiones contenidas en los recursos, la sentencia indica que “se escapan por completo al limitado ámbito de la protección de urgencia”. Entre ellas se enumeran la solicitud de que se ordenara una unificación de normas, a lo que la Corte responde que se trata de una cuestión técnico-política en la que “no cabe decir nada a esta judicatura”; que se realizara un seguimiento de salud a la población durante el resto de sus vidas, “extensión obviamente desmedida para un recurso que puede atacar solo a la emergencia”; que se cerrara todo el complejo industrial, “aún cuando están en proceso todavía las investigaciones, está en curso de aprobación el plan de descontaminación del sector y están en vigor las medidas adoptadas para, en el intertanto, reducir las emisiones”, o que se garantizara el derecho a la información, “pero no se sabe ni consta que este se haya obstaculizado”.

No obstante, los ministros reconocen la existencia de una serie de puntos debatidos y complejos, de carácter esencialmente técnico, que deben reclamarse y resolverse en sedes y procedimientos diversos.

Agentes generadores del daño

La resolución concluye que como la acción de protección solo puede abarcar las situaciones de emergencia ambiental y no el contexto general de contaminación, no es posible acoger los recursos porque no consta de manera indubitada la acción de ninguna empresa industrial como agente generador del daño.

Esta misma justificación es utilizada para desestimar las acusaciones contra los agentes públicos, a quienes —dicen los ministros— la única omisión que se les puede reprochar fue la tardanza en instalar equipos medidores de contaminantes, “que hubieran podido detectar el mal que se avecinaba, que ya se subsanó”.
.
El Mercurio
Términos y condiciones de la Información © 2002 El Mercurio Online