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Chilevisión deberá pagar $120 millones a ex juez Calvo por uso de cámara oculta
La Corte Suprema consideró que la grabación difundida en 2003 también provocó daño moral a la esposa e hijos del ex magistrado, hecho que había sido desestimado por el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago.
Viernes, 21 de agosto de 2015 a las 17:05 | Actualizado 17:05
A. Z. C.
En fallo unánime, la Corte Suprema condenó a Chilevisión a pagar una indemnización total de $120 millones al ex juez Daniel Calvo y su familia por la difusión de un video obtenido con cámara oculta en 2003. En ese entonces el actual fiscal de la Corte de Apelaciones de Santiago era ministro en visita del caso Spiniak.

Así, la Primera Sala del máximo tribunal, compuesta por los ministros Patricio Valdés, Guillermo Silva, Carlos Aránguiz y los abogados integrantes Daniel Peñailillo y Juan Figueroa, acogió el recurso de casación presentado contra la sentencia del tribunal de alzada capitalino, que había acogido la indemnización sólo respecto a Calvo, considerando ahora que la difusión de dicha grabación también provocó daño moral a su esposa y cinco hijos.

"Los sentenciadores, como se ha visto, determinaron la existencia del daño moral del actor a consecuencias del delito de intrusión y también el de los demás demandantes, de conformidad con lo manifestado en el raciocinio que antecede, pero añadieron que el sufrimiento de los últimos se originaba, ‘más bien’, en la difusión o divulgación de la situación, por lo que los desestimó, expresando que no había un nexo causal entre el ilícito materia del fallo penal y el daño experimentado por ellos. Pero, sin perjuicio de la contradicción que lo antes expuesto podría sugerir, queda en evidencia que al resolver como lo hicieron, en forma dubitativa por lo demás, no tomaron en cuenta que el bien jurídico protegido en el delito previsto en el artículo 161 A), inciso primero, del Código Penal, al que precedentemente se ha hecho mención en esta sentencia, dice relación con el respeto y protección a la vida privada de la persona y su familia, lo que es reiterado por el artículo 19 N° 4 de la Carta Fundamental”, indica la resolución.

Y a continuación se agrega: “Nadie podría discutir que la situación vivida por Daniel Calvo, su cónyuge e hijos, deriva del hecho de que a consecuencias de la grabación efectuada por dependientes de Chilevisión, con la cooperación del canal de televisión, la vida privada de él y su familia quedaron expuestas a la crítica pública y a sufrir menoscabo en su honra y dignidad personales, alterando, indudablemente, la vida de ellos, no pudiéndose negar, entonces, el vínculo causal existente entre el ilícito objeto de la sanción penal y los daños morales experimentados por los demandantes en comento”.

El fallo de primera instancia fijó en $320 millones la indemnización, la que luego fue rebajada por la Corte de Apelaciones de Santiago a $20 millones, sólo por el daño moral al ex juez, excluyéndose su familia. Esta nueva sentencia, en cambio, aumenta el monto y lo divide en $50 millones para Calvo, $20 millones para su esposa y $10 millones para cada uno de sus hijos.
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