El ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Santiago Carlos Gajardo, dictó sentencia contra 13 imputados por delitos reiterados de malversación de caudales públicos, estafa e infracción a la Ley General de Bancos en la principal arista del denominado caso Inverlink, ocurrido entre los años 1998 y 2003.
Según se indica en el fallo, se pudo determinar que por concepto de depósitos a plazo reinvertidos y que, consiguientemente, no volvieron a poder de Corfo, se le causó un perjuicio de $ 29.656.468.000 a la institución, en tanto que por la utilización de depósitos a plazo tomados por Corfo que fueron negociados por quienes los recibieron, el daño patrimonial asciende a la suma de $ 54.666.705.117.
Así, en su sentencia el magistrado condenó, en calidad de autores por el delito de malversación, a Javier Moya Cucurella, Orlando Collarte López, Eduardo Tapia Donoso, Luis Hernández Palma, quienes recibieron penas de cino años y un día de presidio. En tanto, por el delito de malversación de caudales públicos fueron condenados Enzo Bertinelli Villagra (cinco años de presidio), Marcial Izarnótegui Valenzuela y Nelson Pérez Baladrón (tres años de suspensión).
Por el delito de estafa fueron condenados Ignacio Wulf Hitschfeld, Enzo Bertinelli Villagra y Francisco Edwards Braun (cinco años de presidio) y Pablo Schaffhausser Muñoz, Orlando Collarte López, Eduardo Tapia Soto, Patricio Reyes Rojas y Carlos Rubilar Muñoz (tres años de presidio).
Por el delito de infracción a la Ley General de Bancos fueron condenados Ignacio Wulf Hitschfeld y Fernando Romero Donoso, quienes recibieron una pena de 541 días de presidio.
En tanto, Ignacio Wulf Hitschfeld, Enzo Bertinelli Villagra, Francisco Edwards Braun, Pablo Schaffhauser Muñoz, Orlando Collarte López, Eduardo Tapia Donoso, Carlos Rubilar Muñoz, Patricio Reyes Rojas, Richard Suazo Díaz, José Muñoz Leyton, Guillermo Brito Aguilera fueron absueltos de los cargos por infracción a la Ley de Valores.
Asimismo, los acusados Javier Moya Cucurella, Ignacio Wulf Hitschfeld, Enzo Bertinelli Villagra y Eduardo Tapia Donoso fueron absueltos de responsabilidad en el delito cohecho.
Finalmente, Luis Hernández Palma, José Muñoz Leyton, Carlos Berríos Mancilla, Guillermo Brito Aguilera y Ana Martin Vera fueron absueltos del delito de estafa.
En el aspecto civil se acogió la demanda de la Corporación de Fomento a la Producción (Corfo), ordenando a los condenados Javier Moya Cucurella, Enzo Bertinelli Villagra, Eduardo Tapia Donoso, Orlando Collarte López, Luis Hernández Palma a pagar $61.372.931.929.
También se acogió la demanda presentada por 34 víctimas contra Ignacio Wulf Hitschfeld, Enzo Bertinello Villagra, Francisco Edwards Braun, Pablo Schaffhauser Muñoz, Eduardo Tapia Donoso, Orlando Collare López, Carlos Rubilar Muñoz y Patricio Reyes Rojas, quienes deberán pagar $8.545.004.822.
Los hechos
De igual forma se indica que la respectiva investigación permitió determinar que “un funcionario público que se desempeñaba como jefe de la ‘mesa de dinero’ de Corfo, en el ejercicio de su cargo realizó negociaciones financieras con la empresa Inverlink, no obstante la expresa orden que había recibido de sólo hacerlo con bancos, sociedades financieras y filiales de estos, calidades que no tenía la referida empresa, para lo cual se sirvió de terceras personas y así pudo ocultar las mismas. Los documentos emitidos en razón de las negociaciones realizadas, que son representativos de los valores invertidos, no fueron remitidos para su custodia por la unidad encargada de ello, sino que los entregó a personeros de Inverlink, quienes los usaron en otras negociaciones en su propio beneficio. El mismo funcionario, haciendo uso de fondos fiscales que estaban a su cargo (…), tomó depósitos a plazo en diversas entidades bancarias y los documentos correspondientes los entregó a los mismos personeros de Inverlink, quienes simulando un endoso válidamente hecho, se apropiaron de ellos y los usaron en provecho de la empresa".
La resolución además señala que “todas estas actuaciones (…) fueron posibles porque no se cumplieron las instrucciones, controles y fiscalizaciones dispuestas, tanto por quienes se desempeñaban en la ‘mesa de dinero’, cuanto por aquellos que tenían el deber de supervigilar el trabajo de la misma, lo que permitió que el referido funcionario actuara con entera libertad y pudiera incurrir en las irregularidades que se han señalado. Lo anterior también permitió que tales conductas se mantuvieran en el tiempo y que sólo de manera accidental quedaran al descubierto, lo que pone de manifiesto la absoluta ineficacia de los funcionarios encargados de la fiscalización y de los órganos de control que existían al interior de Corfo. Es importante destacar que las irregularidades que se venían cometiendo fueron puestas en conocimiento de las más altas autoridades de la Corporación, vicepresidente y gerente de administración y finanzas, con bastante antelación a los últimos delitos cometidos, sin que adoptaran medida alguna al respecto, lo que habría evitado, en gran parte, el cuantioso perjuicio al patrimonio fiscal”.
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