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Condenan a más de 10 años de prisión efectiva a imputados en caso Serrano
Tomás Serrano Parot y Jorge Fuenzalida Barraza, dueño y gerente comercial de la corredora Raimundo Serrano Mac Auliffe, deberán cumplir 15 y 11 años de presidio, respectivamente, por utilizar acciones de sus clientes para operaciones propias. Además, se acogieron las demandas civiles en su contra, por un monto cercano a $4 mil millones.
Martes, 16 de diciembre de 2014 a las 12:06 | Actualizado 12:06
I.A.M.

En resolución unánime, el Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago, integrado por los jueces Patricia Bründl Riunmalló (presidenta), Juan Carlos Urrutia Padilla (redactor) y Celia Catalán Romero, dictó condenas contra Tomás Eduardo Serrano Parot y Jorge Osvaldo Fuenzalida Barraza, en el marco del denominado caso Serrano. 

El primero fue acusado en calidad de autor de los delitos reiterados de uso indebido de custodia y proporcionar maliciosamente antecedentes falsos a la Superintendencia de Valores y Seguros, ambos tipificados en la Ley 18.045 sobre Mercado de Valores. Por ello, fue condenado a cumplir la pena única de nueve años de presidio efectivo e inhabilitado perpetuamente para suplir cargos, oficios públicos y derechos políticos y, mientras dure la condena, estará inhabilitado para ejercer profesiones titulares.

A eso se le suman seis años de presidio efectivo por haber sido condenado en calidad de autor del delito reiterado de estafa, al igual que Fuenzalida Parot, ya que ambos se habrían apropiado de aproximadamente $250 millones de fondos de sus clientes y, por ello, deberán pagar una multa de 21 UTM cada uno (poco más de $900 mil).

Por su parte, a la condena de Fuenzalida Barraza se le agregan cinco años de presidio efectivo, además de las mismas inhabilidades de cargos que Parot, por haber sido condenado en calidad de autor del delito reiterado de uso indebido de custodia.

En la resolución se establece que “se impone a ambos sentenciados la pena accesoria de inhabilitación especial para desempeñarse como gerente, director, liquidador o administrador a cualquier título de una sociedad o entidad sometida a la fiscalización de la Superintendencia de Valores y Seguros, por el término de diez años".

Adicionalmente, fueron condenados al pago de costas de la causa y "atendido el quantum de las penas privativas de libertad que se han impuesto a los acusados, no corresponde la aplicación de penas sustitutivas en su favor. En consecuencia, deberán cumplir dichas sanciones en forma efectiva, una en pos de la otra, comenzando por la más grave".

Acción civil

El tribunal acogió las demandas civiles interpuestas contra Serrano Parot y Fuenzalida Barraza condenándolos "a pagar solidariamente como indemnización civil, a título de daño emergente y daño moral", provocados como "consecuencia de los delitos de uso indebido de custodia de que han resultado responsables en calidad de autores".

Así, ambos deben retribuir económicamente por los daños causados a casi 30 personas naturales y jurídicas una suma que asciende a los $4 mil millones.

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Antecedentes del caso
Luego de la entrada en vigencia de la Reforma Procesal Penal, el caso Serrano se convirtió en un hito, al ser el primero donde esta clase de ilícitos, que consiste en hacer uso de las acciones de los clientes sin su conocimiento para solventar acciones propias, fueron condenados.

Toda esta operación se realizó en la corredora Raimundo Serrano Mac Auliffe, cuyo dueño era Serrano Parot, quien junto a Fuenzalida Barraza, quien era el gerente comercial de la compañía, fue recientemente encontrado culpable. Sin embargo, antes ya habían sido condenados como autores de delitos reiterados de uso indebido de custodias los corredores de bolsa Ernesto De Val Gutiérrez y Cristián Zúñiga Arteaga, por los hechos ocurridos en 2009.

Las utilidades generadas por este ilícito permitieron a los acusados financiar varias sociedades, entre las que se encontraban Serrano Consultores, dos clubes de fútbol, una inmobiliaria, un canal de televisión, una productora de TV y la corredora de bolsa Cartisa SAB.
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