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Algunas lecciones del caso Mackenna y la falibilidad de la justicia penal
"... El caso ratifica por enésima vez la importancia de contar con un sistema equilibrado de controles al trabajo por parte de los distintos actores..."
Jueves, 7 de marzo de 2013 a las 9:45 | Actualizado 9:45
Mauricio Duce
El día de ayer fue sobreseído definitivamente el conocido conductor de televisión Pablo Mackenna. La decisión fue adoptada por el Tribunal de Garantía de Viña del Mar en el caso en que se le formalizó por el delito de abusos sexuales en contra de una menor de 9 años que se habría producido en la madrugada del día 4 de febrero pasado en el Casino de Viña del Mar. El caso tuvo amplia difusión mediática debido a la notoriedad del imputado y lo grave de la imputación, incluso al momento de darse a conocer se desató una suerte de “guerra” entre los matinales de las cadenas de televisión abierta que dedicaron horas a su análisis (con exclusivas del video del casino que muestra los hechos imputados) y entrevistas a distintos protagonistas del mismo (incluyendo a la madre de la supuesta víctima).

Afortunadamente el caso pudo estar resuelto a un mes de su inicio. Por otra parte, la detención del imputado se extendió por un poco menos de 48 horas, sin que se hubiera decretado la prisión preventiva. Además, las medidas cautelares personales originalmente decretadas (firma mensual y prohibición de acercamiento de la víctima) tuvieron una semana de vigencia al ser revocadas por la Corte de Apelaciones de Valparaíso debido a considerarse que no existían antecedentes para acreditar el supuesto material (existencia de delito y participación). Con esto no pretendo minimizar los enormes perjuicios que la tramitación del caso y la exposición pública del mismo le produjeron al Sr. Mackenna. Mi punto es que la evidencia disponible indica que en este caso el imputado fue en cierta medida “afortunado” ya que en muchos casos las resoluciones llegan bastante más tarde y los imputados se ven expuestos a períodos mucho más extensos de privación de libertad u otras restricciones relevantes a sus derechos por la inercia propia de funcionamiento del sistema, los incentivos que existen a los distintos actores y, en ocasiones, el mal trabajo del sistema. Aún cuando el sistema logra resolver el caso en forma temprana, como ocurrió aquí, ello se hace a costa de importantes perjuicios para el afectado.

Me parece que el caso constituye una buena oportunidad para reflexionar críticamente acerca de algunas cuestiones referidas al funcionamiento de nuestro sistema de justicia penal, como también para extraer lecciones relevantes a futuro.

El punto más importante que quisiera plantear tiene que ver con que el caso ratifica por enésima vez la importancia de contar con un sistema equilibrado de controles al trabajo por parte de los distintos actores. A diferencia de lo que se suele escuchar de diversos líderes de opinión en casos que han sido de alta connotación pública en los últimos años, un elemento indispensable para asegurar que el sistema funcione correctamente, es decir, evitando que personas inocentes sufran graves perjuicios en forma innecesaria, que el trabajo policial y de persecución penal debe someterse a un escrutinio intenso desde momentos tempranos tanto por la defensa como por los jueces. Estos actores deben mantener independencia o distancia crítica respecto a las tesis que plantea la persecución penal y no asumir como un hecho dado las mismas. También deben contar con un espacio institucional adecuado para realizar el control. Cuando, por el contrario, esos controles o espacios se deterioran o los titulares de los mismos no los ejercen adecuadamente, los riesgos aumentan de manera significativa. En la práctica, esto se traduce en una mayor cantidad de personas inocentes que sufren perjuicios injustificados más graves. Lamentablemente es posible observar en nuestro país por diversas vías (propuestas de reformas legales, crítica pública intensa de parte de las autoridades, presión de los medios, entre otras) la tendencia es a rebajar o deteriorar los controles, especialmente en delitos como los que se imputaron en esta ocasión. En este caso, más de algún lector pudo haber pensado que el hecho que el Sr. Mackenna no quedara en prisión preventiva en un delito tan grave era una nueva muestra de la existencia de la “puerta giratoria” o del “excesivo garantismo” de nuestro sistema. Hoy podemos apreciar que se trató simplemente de un trabajo bien hecho de parte de defensores y jueces que ahorró mucho daño innecesario a una persona inocente. Hacer el trabajo bien, permitir que el sistema de controles del proceso penal funcione sin interferencias no es “garantismo” o “ideología”, es simplemente reconocer que cualquier sistema de justicia penal es falible y que, por lo mismo, todos podemos a exponernos a ser víctima de un error con enormes consecuencias para nuestras vidas, tal como desafortunadamente Pablo Mackenna pudo experimentar de primera mano.

El caso también genera una oportunidad interesante para reflexionar sobre algunas cuestiones que, desde el punto de vista de un observador externo (por lo tanto sin toda la información disponible), llaman la atención negativamente. La primera, se refiere al rigor con que la policía protege el deber de reserva de las diligencias y actuaciones iniciales de la investigación y cómo ello contribuye a generar imágenes, muchas veces equivocadas, en la opinión pública. Así, en este caso se pudo observar la exposición pública temprana del imputado detenido en imágenes ampliamente difundidas en televisión en la cual Pablo Mackenna era llevado por carabineros esposado y luego subiendo al furgón policial. Este tipo de imágenes hoy día se muestran habitualmente sin que haya muchos cuestionamientos acerca de cómo los medios se enteran de los lugares en donde la policía realizará su trabajo ni tampoco mucho esfuerzo de los funcionarios a cargo de las mismas de proteger la reserva de ellas. Incluso en la actualidad existen varios programas de televisión dedicados a mostrar el trabajo investigativo policial en casos específicos. ¿No habría que preocuparse un poco más en este tema? ¿Cuánto del daño provocado en este caso y que era completamente evitable no emanó precisamente de esta exposición pública temprana del imputado?

Otro punto en el que surgen reflexiones interesantes se refiere a la toma de decisiones de los fiscales, por ejemplo, en materia de formalización de la investigación. En este caso queda la impresión que los antecedentes disponibles al inicio eran tan débiles (especialmente considerando que el video estaba disponible) que no se explica el porqué se decidió formalizar la investigación. Recordemos, además, que en este caso se obtuvo una ampliación de la detención de 24 horas, lo que le entregó mayor tiempo al Ministerio Público para evaluar la necesidad de formalizar la investigación por cargos de esta gravedad. En este contexto surgen dudas sobre la decisión adoptada de formalizar la investigación ¿Se debió a una evaluación incorrecta de la evidencia? ¿A un trabajo descuidado del Ministerio Público como ha señalado la defensa? ¿Obedeció a la presión pública que se genera por perseguir los delitos de abuso sexual infantil más allá de su mérito? No tengo antecedentes como para afirmar categóricamente ninguna respuesta, pero por la información que se ha conocido públicamente, uno se puede formar la impresión que algún problema hubo acá ya que era evidente que el caso no tenía mucho futuro y que formalizar la investigación en ese contexto podía traducirse en perjuicios innecesarios para el imputado.

Un análisis aparte debiera hacerse de la forma en que los medios de comunicación, especialmente la televisión, tratan este tipo de casos y cómo ellos inducen a la opinión pública formar opiniones tempranas con versiones parciales o sin que existan antecedentes muy claros, muchas veces como producto de mal trabajo periodístico o derechamente en búsqueda de mayor sintonía en un escenario de alta competencia. En fin, se trata de un tema que excede en mucho mi experticia y que sólo dejo mencionado para su reflexión.

Para terminar quisiera insistir en un punto que he desarrollado en una columna previa. La experiencia comparada y la evidencia disponible a nivel local indican que los sistemas de justicia criminal tienden a producir más errores que los que uno imagina en la identificación de los autores de los delitos. Por lo mismo, que es más frecuente de lo que una piensa que una persona inocente esté presa o sea condenada. Ello obliga a que como sociedad tengamos presente que existe esta posibilidad de error y a los actores del sistema a comportarse con conciencia de ello. Espero que el caso de Pablo Mackenna nos ayude en esa dirección.
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