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Las razones por las que La Calera no recibirá castigo deportivo por el “caso suplantación”

Las denuncias contra el cuadro “cementero” fueron descartadas por haber sido presentadas fuera de plazo, pero el fallo del Tribunal de Disciplina también dio cuenta de que no hay forma de que el club reciba una sanción: “El club no le hizo trampa al fútbol chileno”, explica Ángel Botto, expresidente del organismo, lo cual es respaldado por la comisión médica de la ANFP.
Foto: Photosport
Alejandro Cisternas28 de enero, 2021
El revuelo que levantó la denuncia por una supuesta suplantación del arquero Alexis Martín en la toma de un PCR quedó en nada. Al menos desde el punto de vista deportivo. Mientras la justicia todavía investiga el caso, el Tribunal de Disciplina de la ANFP rechazó las denuncias que presentaron Palestino, Santiago Wanderers y Coquimbo Unido contra Unión La Calera.

En su fallo, publicado este miércoles, el organismo argumentó, primero, un asunto formal: el plazo para presentar este tipo de situaciones es de apenas dos días. “Eso es una locura, una barbaridad. Es un tiempo demasiado breve para hechos tan complejos de establecer. Los clubes posiblemente afectados por esto no tenían cómo enterarse si no es por la publicación de prensa”, apunta Ángel Botto, expresidente del tribunal.

Jorge Contador, presidente de Coquimbo Unido, se suma a ese pensamiento. “Los plazos debieran correr en la medida que uno se entera. No teníamos cómo informarnos de esto antes. De todos modos, la gente del departamento jurídico del club está analizando el fallo para ver qué pasos seguir”, apunta. Contactados por “El Mercurio”, Jorge Uauy (Palestino) dijo que no emitirá comentarios al respecto, mientras que en Santiago Wanderers están evaluando la situación.

De hecho, el plazo habitual para estos casos es de cinco días, pero se rebajó a dos en el ajuste a las bases que se hizo por la pandemia, el 7 de agosto de 2020. Ante esto, el tribunal hizo “un llamado en cuanto a la conveniencia que el Consejo de Presidentes estudie la alternativa de establecer que cuando existe absoluta imposibilidad de tomar conocimiento de un eventual hecho infraccional, el plazo de dos días se cuente desde el momento que, razonablemente, el actor pudo tomar conocimiento del hecho”.


UN PROBLEMA DE FONDO


Aunque el rechazo a la denuncia contra La Calera es por el aspecto formal, el fallo del tribunal se pronuncia sobre temas que dan cuenta de la dificultad (o derechamente imposibilidad) de que el fútbol chileno castigue un eventual delito en este caso, incluso si los tribunales ordinarios lo determinan.

El portero del elenco “cementero” dio positivo por covid-19 tras hacerse un PCR el 28 de septiembre, y tras cumplir dos semanas de cuarentena, volvió a jugar. Como era asintomático, el protocolo del fútbol chileno establece que para volver a las canchas basta con un test de antígenos, y no necesita hacerse un nuevo PCR sino que hasta dentro de 90 días tras el primer examen. Es decir, en este caso, Alexis Martín no estaba obligado a un hisopado hasta el 28 de diciembre, y el caso “estalló” el 4 de ese mes.

Desde lo sanitario, para nosotros no hay cómo decir que se actuó malCésar Kalazichintegrante de la comisión médica de la ANFP

César Kalazich, integrante de la comisión médica de la ANFP, explica por qué se aplica este protocolo. “Al poco andar nos dimos cuenta de que seguía habiendo casos positivos residuales, en que el bicho sigue inactivo, pero quedan muestras de ARN en la garganta, entonces sin ser infectantes, hay casos en que su PCR sigue dando positivo hasta cuatro meses después del primer test. Entonces, para simplificar y evitar esto, hicimos esta modificación, de la mano con las normas sanitarias, casi al mismo tiempo que el Ministerio de Salud”, afirma.

Por lo anterior, el fallo del tribunal estableció que “para los partidos disputados por Unión La Calera contra los tres clubes denunciantes, el jugador Alexis Martín, además de no encontrarse en período de cuarentena, no tenía obligación de someterse a nuevas pruebas PCR, de tal forma que resulta irrelevante determinar la periodicidad, la forma que se las hizo y los resultados obtenidos”.

Así lo refrenda el doctor Kalazich: “Creemos que dado que La Calera estaba en competencias internacionales siguieron haciendo exámenes PCR, pero lamentablemente esto enredó las cosas. Desde lo sanitario, para nosotros no hay cómo decir que se actuó mal”.

Podría haber un delito contemplado por la legislación penal, pero en el reglamento del fútbol una figura así no existe, entonces el tribunal no se puede meter en esoÁngel Bottoexpresidente del Tribunal de Disciplina

Descartada la posibilidad de sanciones en el fútbol chileno, solo queda esperar por la investigación del fiscal Lionel González, quien la próxima semana retorna de sus vacaciones.

¿Qué podría suceder en este caso? “Podría haber un delito contemplado por la legislación penal, pero en el reglamento del fútbol una figura así no existe, entonces el tribunal no se puede meter en eso. La conducta no está tipificada. Entonces, acá no hay por dónde establecer un castigo. Está prescrita la acción, pero además el club no le hizo trampa al fútbol chileno. Actuó dentro de los parámetros que establecen los protocolos. A mayor abundamiento, si se constatara el delito, eso será materia de tribunales de justicia, no del fútbol”, resume Botto.

Alejandro Cisternas

es coordinador periodístico de Deportes El Mercurio. Ha cubierto eventos nacionales e internacionales de fútbol, automovilismo, golf, básquetbol, tenis y otras disciplinas.

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