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Una herramienta contra el riesgo de no pago por Covid-19

El seguro de crédito permite indemnizar al exportador frutícola, en caso de que el importador o recibidor no sea capaz de pagar por la carga entregada. Sin embargo, se deben reunir una serie de condiciones para ello.

Martes, 19 de enero de 2021 a las 8:30
Sebastián Osman
Sebastián Osman

El seguro de crédito es una herramienta que indemniza al exportador en caso de que el importador o recibidor no sea capaz de pagar por la fruta fresca entregada.

En tiempos de coronavirus, donde la capacidad de pago de las importadoras puede verse amenazada, es práctico que las exportadoras evalúen la contratación de esta protección, la que entregará blindaje en caso de insolvencia o mora por parte del ente deudor.

La insolvencia implica que la entidad deudora no cuenta con el capital para pagar por el cargamento (por ejemplo, por quiebra, concurso de acreedores, etc), mientras que la mora significa que la deuda no fue cancelada en el plazo estipulado en el contrato.

Es necesario destacar que no todos los seguros cubren insolvencia y mora, algunos cubren solo insolvencia y otros solo mora, por lo que es fundamental revisar la póliza.

En relación a las modalidades de venta —que corresponden a precio fijo, mínimo garantizado o libre consignación—, lo más común es que los seguros no las cubran todas, por lo que el exportador deberá chequear si la póliza abarca la modalidad que él desea utilizar.

Además, es necesario especificar que, para la modalidad de mínimo garantizado, es posible que solo cubra el monto menor y no indemnice el capital que quedó bajo consignación.

Para resolver este dilema, y tal como se mencionó anteriormente lo mejor es revisar bien la póliza para cerciorarse del grado de cobertura entregado por este seguro.

Los riesgos cubiertos

Es fundamental mencionar que el seguro de crédito no cubre cualquier insolvencia o mora, sino que es necesario que estas se hayan generado gracias a la materialización de algún riesgo, sea este de tipo comercial, extraordinario o político.

Tipos de riesgo y sus implicancias:
Tipo de riesgo Qué implica
Comercial

Se genera un impago por razones completamente atribuibles al importador.
Por ejemplo, el importador quebró.

Político

Impago se generó por razones humanas, no atribuibles al importador.
Por ejemplo, guerra, terrorismo, políticas de Estado, entre otros.

Extraordinario

El impago se generó por razones naturales, no atribuibles al importador.
Por ejemplo, terremoto, erupción de volcán, maremoto, etc.

Fuente: Sebastián Osman

El papel del Covid-19

Entendiendo los tipos de riesgos que existen y sus implicancias, es hora de determinar qué tanto puede ayudar el coronavirus a materializar los riesgos comerciales, políticos y extraordinarios.

Con esta respuesta, la exportadora sabrá si valdrá la pena utilizar el seguro de crédito por las pérdidas económicas que pueda sufrir el importador a causa de esta pandemia.

- Riesgo comercial - Probabilidad media:

Entendiendo que la pandemia no ha generado un gran golpe al mercado internacional de comercialización de fruta fresca, debido a que la gente ve a la fruta como un alimento saludable que posiblemente protegerá o fortalecerá su sistema inmunológico contra el virus, el precio de este producto no se ha visto tan afectado.

Sin embargo, se debe tomar en cuenta que los importadores sí utilizan al Covid-19 como una excusa para justificar retrasos en los pagos, lo que puede ser causado por la infinidad de problemas logísticos por los que están atravesando las empresas alrededor del globo.

En este escenario, la probabilidad de que el virus genere impagos y materialización del riesgo comercial es media.

- Riesgo político - Probabilidad alta:

Las medidas restrictivas que han impuesto diversos países, desde protocolos sanitarios, cuarentenas, restricción del tránsito de personas, cierre de fronteras e incluso el cierre de instituciones públicas, afectan al mercado internacional.

Basta recordar la situación de China a principios de la pandemia, cuando las cuarentenas en ciertas ciudades obligaron a los puertos a trabajar a un 30% a 40% de capacidad, provocando que los barcos hicieran filas para atracar.

Por ello, es probable que, con la situación actual de la pandemia, los diversos Estados implementen nuevas medidas restrictivas lo que podría ayudar a materializar el riesgo político. En este escenario, viendo lo que sucede en Europa, la probabilidad es muy alta.

- Riesgo extraordinario (probabilidad baja):

Entendiendo que el Covid es una enfermedad, es bastante improbable que este genere riesgo extraordinario.

Por ello, la probabilidad de riesgo extraordinario es muy baja.

Cómo evitar los errores más comunes

Los seguros, si bien pueden cubrir e indemnizar, es necesario seguir bien el conducto regular para conseguir de forma exitosa dicha indemnización.

- Cumplir los procedimientos de la cláusula

Uno de los pasos necesarios para esto es cumplir los procedimientos establecidos en la póliza, los que suelen establecer una serie de requisitos, plazos específicos, documentación determinada.

Si esto no se sigue paso a paso, el seguro simplemente no pagará la indemnización. Para evitar tal situación, bastará con estudiar la póliza.

- Trabajar con acuerdos claros

Otra situación común es la inexistencia de acuerdos claros, debido a que el rubro frutícola es muy informal.

Por ejemplo, si los exportadores negocian transacciones o contratos de 500 mil dólares, tiene que haber un buen respaldo de la operación y la cantidad.

Es muy común que dicho respaldo sean cientos de correos y mensajes de Whattsapp, o que las facturas no sean emitidas de forma adecuada.

Si tal evidencia se presenta ante el seguro, y esta no concuerda con la realidad o es inentendible, la entidad aseguradora no pagará.

Para ello, la solución es redactar contratos claros y contar con las debidas facturas.

- Evitar disputas:

Los seguros de crédito no cubren cuando hay disputas sobre la mercadería, ni cuando hay problemas de calidad o condición en la fruta.

Para ello, la solución se puede dividir en dos partes.

Primero, establecer procesos de inspección muy claros, de cómo se revisará la mercadería en puerto de destino y que se establezca el plazo que tiene el importador para hacer esa inspección (idealmente 2 a 3 días máximos, no más). Por ende, si el recibidor no cumple este plazo, ya no se habla de un conflicto, sino que de un incumplimiento contractual.

Y, en segundo lugar, establecer al arbitraje como resolución de conflictos. Esto se debe a que un tribunal ordinario emitirá una sentencia en 3 e incluso 5 años, mientras que el arbitral tendrá entre 6 meses a 1 año a lo máximo.

Tras la sentencia arbitral (o laudo), bastará con ir al seguro y cobrar la indemnización, en caso de resultar ganador.


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Análisis
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Para evitar este problema, que no solo pone en riesgo el patrimonio del exportador, sino que posibilita que este no pueda entrar con sus productos al gigante asiático, es necesario realizar una serie de acciones preventivas para proteger la marca en los diferentes territorios donde tengan o pretendan tener presencia, sobre todo si se trata de China.
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En la ley que rige actualmente, los obtentores poseen la exclusividad para realizar ciertos actos de producción y comercialización del material de propagación de la variedad.
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