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Cartas
Domingo 01 de mayo de 2022
Divorcio de común acuerdo
Señor Director:
La Corte Suprema ha informado el proyecto de ley presentado por el senador Karim Bianchi que propone modificar la Ley de Matrimonio Civil para eliminar el plazo de cese de la convivencia para el divorcio solicitado de común acuerdo y darle un carácter incausado y administrativo. Ahora divorciarse se podrá hacer mediante escritura pública o acta ante oficial del Registro Civil, si bien se exige que esos instrumentos contengan una regulación de las relaciones mutuas y para con los hijos.
Coincidimos con el Pleno de la Corte en que este proyecto es poco razonable, ya que ni el notario ni el oficial del Registro Civil tienen entre sus facultades examinar el contenido de los actos que se extienden frente a ellos. Por tanto debe ser un juez especializado el que vele por el interés superior del niño y también del cónyuge más débil para revisar y, en su caso, modificar dicho convenio.
Pero nos parece que puede agregarse otra razón. Este proyecto viene a consagrar el divorcio por mutuo acuerdo en toda circunstancia suprimiendo el único requisito objetivo que debía probarse en el proceso: que la convivencia matrimonial haya cesado al menos por un año, facilitando su consecución al dejarlo entregado a un mero trámite notarial o ante oficial de Registro Civil. Esto fomentará aún más la inestabilidad jurídica del compromiso matrimonial e incrementará las tasas de divorcio, conspirando contra la solidez de la familia, e incrementando el fenómeno de los “papitos corazón” que no pagan pensiones alimenticias a sus hijos.
Hernán Corral Talciani
Profesor de Derecho Civil
Universidad de los Andes