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Cartas
Jueves 05 de agosto de 2021
Los municipios en la Constitución
Señor Director:
Ha transcurrido más de un mes desde que se instaló la Convención Constituyente, lo que me motiva, luego de casi treinta años dedicados con compromiso y alegría al municipalismo, a compartir algunas inquietudes en razón de haber oído y leído las más variadas e interesantes opiniones de parte de casi todos nuestros 155 constituyentes, pero nada o casi nada sobre el municipio.
Creo que es imprescindible para un Chile más justo y eficaz un municipio ágil, transparente, participativo y financiado. Por ello nuestra Constitución debe contener normas que lo garanticen.
Es esencial que el respeto a los Derechos Humanos esté presente en su letra y espíritu como garantía para la ciudadanía toda.
Luego el municipio debe ser un ente autónomo que responda a los requerimientos de las personas y el territorio en el momento y lugar que se requiera. Para ello, y como ocurre en muchos países, se debe garantizar en su texto que al menos un 30% del gasto público debe ser ejecutado por los gobiernos locales. Además, para terminar con la eterna discusión de la gran inequidad que existe entre los recursos con que cuentan los diferentes municipios para atender a sus vecinos y territorio, debe establecerse anualmente un monto igualitario por vecino que vía presupuesto de la nación se entregue a los municipios para su administración autónoma y pueda ser fiscalizado su uso.
En cuanto a la relación con el Congreso, es importante que toda ley que implique responsabilidades para los municipios esté debida y adecuadamente financiada. Además, en este punto sería importante entregarles a los municipios iniciativa legal en temas territoriales que les incumban.
Importante también, y para una mejor manera de atender a la ciudadanía, se debería garantizar a estas corporaciones no solo la facultad de asociación entre ellas, sino también con entes privados en empresas con personería jurídica y patrimonio propio.
Por último, será necesario dejar establecida la posibilidad de un referéndum revocatorio para las autoridades comunales, por una vez en el período, en casos de graves transgresiones a las normas de probidad y transparencia.
No perdamos la oportunidad de que en esta nueva Constitución se considere a los municipios como verdaderos gobiernos locales, en vez de seguir siendo solo órganos de administración del Estado.
Raúl Torrealba