Los convencionales del PC han hecho público un documento sorprendente. Pareciera redactado por sus enemigos para inculparlos. El lector puede pensar que se trata de un caso típico de “fake news”.
Anuncian que la Convención Constitucional podría eliminar la exigencia de 2/3 para aprobar las normas de la nueva Constitución y el Reglamento. El motivo es revelador: aunque la derecha no haya obtenido el tercio necesario para “vetar” los acuerdos, hay sectores de la centroizquierda que defenderían también el modelo y que, por tanto, podrían jugar el rol del censor. En otras palabras, desechan la posibilidad de lograr un amplio acuerdo en la Convención y, de partida, se coloca en el bando adversario a quienes han propiciado la necesidad de cambios constitucionales significativos que, dada la composición de la asamblea, no pueden ser otros que los Independientes No Neutrales, los socialistas y los demás elegidos en la lista del Apruebo.
El antineoliberalismo es un mar sin orillas.
Luego señalan una serie de caminos posibles —inviables políticamente— para lograr el objetivo de rebajar el quorum; todos conducen a un callejón sin salida. Y si la mayoría de la asamblea actuara de hecho saltándose las normas y se reclamara ante la Corte Suprema, amenazan con paralizar el trabajo de la Convención hasta forzar el cambio. También plantean la posibilidad de “consultar al pueblo” cuando no haya acuerdo, lo que no está contemplado en la reforma que dio origen al proceso constituyente.
El planteamiento de los convencionales del PC revela que ellos no han asumido en plenitud el cargo para el cual fueron elegidos y que todavía se sienten incómodos en la institucionalidad. Esta actitud ambigua contrasta con la de sus diputados que ejercen sus funciones acatando cabalmente la normativa vigente.
El proceso constituyente en Chile está regulado por una reforma constitucional. No es un poder originario, como los nacidos de graves conflictos internos o guerras, cuando el Estado vigente pierde eficacia. Es verdad que en ciertos países de la región las asambleas constituyentes se han atribuido poderes extrajurídicos: en Bolivia, en Ecuador disolviendo el Congreso y en Venezuela dando origen a un régimen autoritario; en los tres países había en marcha un proceso revolucionario, con un partido político hegemónico y un líder fuerte al mando del Estado.
No es el caso de Chile. Además, esos tres países han sufrido graves trastornos institucionales, que las nuevas constituciones no fueron capaces de evitar.
Si la mayoría de la Convención se saltara las reglas estaríamos en presencia de un proceso constituyente irregular, cuyas decisiones carecerían de valor jurídico. Frente a este reparo, los convencionales del PC se adelantan a señalar que el desafío que plantean es político antes que jurídico, es decir, que su resultado dependería más de su capacidad para imponerlo mediante la presión que de la legitimidad del Derecho. A confesión de parte, relevo de prueba.
Los autores del documento no debieran confundir sus deseos con la realidad. Harían bien en seguir el consejo de Lenin de hacer un análisis concreto de la situación concreta antes de andar amenazando con rebeliones revestidas de ropaje legal. Si ellos lograran su propósito, sentarían un muy mal precedente. No se puede sostener que la ley vale para unos y no para otros.
Es de esperar que los mencionados convencionales recapaciten. Tal vez el documento sea solo el desvarío de algún asesor poco serio: de cuando acá las insubordinaciones se anuncian pretendiendo neutralizar a los afectados con lucubraciones jurídicas carentes de sustento.
José Antonio Viera-Gallo