El reclamo de los representantes de los pueblos originarios por comparecer con sus ritos y ceremonias a la instalación de la Convención Constitucional y la sugerencia de que la conducción de este órgano sea paritaria, y presidida por una mujer mapuche, con el argumento de que de esa forma se homenajea la diversidad, plantea un problema que hoy está en el centro de la democracia: el peso que han de tener las identidades en la deliberación pública.
La democracia moderna se caracterizó desde su origen por desplazar cualquier forma de estatus o privilegio estamental o de otra índole a la hora de definir la ciudadanía y la posición de los individuos. Este fue el origen de la igualdad ante la ley. Ella exigía entonces que cada persona pusiera en paréntesis sus características adscritas (la etnia, el género, la clase) a la hora de participar de la formación de la voluntad común.
Muy pronto, sin embargo, esa ciudadanía abstracta se reveló como insuficiente para incorporar a grupos o clase de personas que debido a su etnia o su género estaban relegadas a un segundo plano en la vida pública. La ciudadanía debió entonces abandonar la ceguera a la diferencia y atender a ella, procurando remover los obstáculos que impedían la participación igual de todos. Este fue el origen de las políticas de acción afirmativa o discriminación positiva, de la regla de paridad o de los escaños reservados que la Convención Constitucional recogió.
Pero, como es obvio, esas reglas que favorecen la participación y evitan concebir la ciudadanía como una condición meramente abstracta tienen por objeto permitir la participación de todos; pero no deben entenderse como reglas que confieren ventajas a algunos por sobre otros en la deliberación o el diálogo. En otras palabras, la pertenencia a un pueblo originario es una buena razón para establecer la regla de escaños reservados o de cuotas (tal como se hizo); pero esa pertenencia no debe conferir ningún privilegio a la hora de discutir, obligarse a dar buenas razones y deliberar en torno a las reglas constitucionales. Las identidades no deben entenderse como un privilegio para que sus razones sean particularmente atendidas o consideradas mejores o más fuertes que cualesquiera otras.
En suma, una vez que quienes reclaman una condición identitaria se incorporan a la Convención, el funcionamiento de esta última debe recuperar para todos sus miembros la condición de igual ciudadanía, donde cada uno cuenta como uno y nadie más que uno, sin que nadie pueda reclamar para su cultura, su cosmovisión o sus creencias últimas ninguna ventaja en la deliberación. En el diálogo constitucional la identidad étnica, de género o cualquier otra no puede reclamar ventajas epistémicas ni morales que la hagan mejor o más atendible que cualquier otro de los puntos de vista en juego.
Conferir ventajas morales a las diversas identidades (sean étnicas, de género o cualesquiera otras), es decir, creer o sugerir que ellas poseen un punto de vista que debe por principio ser atendido como una manera de compensar las desventajas que han padecido, constituye una forma de paternalismo que no se condice con el respeto que se deben recíprocamente los miembros de una sociedad democrática. Tratar a un grupo como si estuviera en permanente desventaja siendo condescendiente con él a la hora de evaluar sus argumentos o puntos de vista, es una forma de paternalismo que en la esfera pública equivale a una forma disfrazada de menosprecio. Tampoco es correcto conferirles ventajas epistémicas, esto es, creer que porque su cultura o cosmovisión deba ser respetada, los enunciados que de ella se siguen o las creencias que contienen deben ser tenidas por razonables o admisibles sin más, o inmunizadas contra el discurso crítico.
En suma, el reconocimiento que merecen las identidades en la democracia tiene por objeto lograr que todos se incorporen al diálogo y la deliberación; pero no que alguno de ellos, esgrimiendo su condición histórica desaventajada, pretenda eximirse del diálogo racional que exige evaluar las razones con prescindencia de quien las profiera.
Carlos Peña